Tabla de ISR de Personas Físicas para 2014 – Aumentara con Propuesta Reforma Fiscal 2014

 
Uno de los principios fundamentales de un buen marco tributario es que los impuestos, en particular aquéllos que se aplican sobre el ingreso, deben ser progresivos. Es decir, quienes tienen una capacidad de pago superior, deben contribuir en una mayor proporción al financiamiento de los gastos públicos.

Uno de los objetivos fundamentales de la Iniciativa de Reforma Hacendaria que se propone consiste justamente en fortalecer la progresividad del sistema tributario del país. Ello, con el fin de que todos los mexicanos contribuyan al desarrollo de manera proporcional a su capacidad económica.

Así, con el fin de dotar de mayor progresividad al marco tributario y hacer más justa la contribución al desarrollo, se propone a esa Soberanía adicionar un nuevo tramo a la tarifa del ISR de personas físicas, aplicable para las personas físicas con ingresos gravables superiores a 500 mil pesos anuales con una tasa marginal de 32%.

Es importante destacar que esta medida no afecta a las personas de ingresos bajos y medios en el país, toda vez que no implicaría un incremento en la carga tributaria de la mayor parte de la población. Información de la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto de los Hogares indica que menos del 1% de la población total (o de los perceptores de ingresos de los hogares) recibe ingresos iguales o mayores al límite propuesto de 500 mil pesos al año.

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Reforma Hacendaria para 2014 – Elimina IETU, IDE, Regímenes Fiscales y modificara IVA e ISR

 
El 8 de septiembre el Ejecutivo entregó al Honorable Congreso de la Unión el Paquete Económico para el 2014, la iniciativa de Reforma Hacendaria. La propuesta de Reforma Hacendaria también está orientada a mejorar la equidad del sistema tributario del país. Para ello, se acotan o eliminan tratamientos especiales, garantizando un trato equitativo a personas con capacidades contributivas similares, y se gravan los ingresos personales que se concentran en los sectores más favorecidos de la población.

La reforma propone la simplificación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresarial a través de una nueva Ley que elimina o acota los tratamientos especiales o regímenes preferenciales actualmente existentes. Con ello, se amplía la base del impuesto y se garantiza una contribución justa de todos los sectores de la economía al financiamiento de los programas de gasto público. Entre los regímenes y tratamientos especiales que se acotan o eliminan con la nueva Ley destacan:

  • La eliminación del Régimen Consolidado
  • La deducción inmediata de la inversión
  • El Régimen Simplificado
  • El Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción
  • El tratamiento de las ventas al plazos
  • La deducción de operaciones con partes relacionadas
  • La deducción del consumo en restaurantes
  • Entre otros

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Derechos de los Trabajadores que se Incapacitan por enfermedad o accidente ante el IMSS

Por Lic. Hugo Valderrábano Sánchez
Integrante de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del Colegio
hugovalderrabano@hotmail.com

El trabajador que por enfermedad o accidente está incapacitado o limitado para cumplir con sus obligaciones laborales tiene derecho a ciertas prestaciones que debe conocer. Es frecuente que cuando un trabajador está laborando sufra una enfermedad que le impida asistir y prestar sus servicios de manera normal para cumplir con sus obligaciones derivadas de la relación de trabajo con el patrón. Si ocurre un hecho de esta naturaleza y el empleado se encuentra asegurado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), puede ser diagnosticado por el personal médico con incapacidad para prestar sus servicios en la forma y términos en que lo venía realizando.

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Que tan validas son las Impresiones de las Facturas Electronicas CFDI – Analisis PRODECON

 

solicitarimprimircbb_thumb Autor: Mtro. Eduardo Sánchez Lemoine

La autoridad fiscal interpreta que la Regla I.2.7.1.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2013, relativa al almacenamiento de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), en su formato electrónico XML, es aplicable incluso a personas físicas no obligadas a llevar contabilidad, por lo que a éstas, para acreditar sus deducciones personales (las cuales tutelan su derecho al mínimo vital) no les basta con conservar la representación impresa de dichos comprobantes.

ANTECEDENTES
Esta Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en su carácter de organismo autónomo no sectorizado que tiene por objeto velar por el efectivo acceso a la justicia fiscal de los pagadores de impuestos, como lo dispone el artículo 1° de su Ley Orgánica y, en ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 5, fracciones I, IV, V, X, XI y XVI, de dicha Ley, así como 72 y demás relativos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, ha detectado la problemática de antecedentes, la cual se estima ocasiona inseguridad jurídica, molestias, afectación o vulneración de derechos a los contribuyentes.

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Requisitos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet – CFDI 2014

Durante el periodo de 2011 a 2012, los requisitos de los comprobantes fiscales digitales por Internet CFDI tuvieron diversas modificaciones, las que se dieron a conocer mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y sus diversas modificaciones.

Derivado de los múltiples cambios a los requisitos que se deben observar en los comprobantes fiscales, durante los últimos años, a continuación presentamos tres cuadros que muestran los requisitos vigentes de 2011 a 2013, así como los cambios que se conocen para 2014.

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Como hacer Deducible la Donacion y Destrucción de Mercancías – Sistema de Avisos del SAT

 

imporacion mercancia donada thumb Guia para Importar mercancia donada sin pagar impuestos – SAT Los contribuyentes antes de destruir la mercancía que perdió valor deben ofrecerla en donación a donatarias autorizadas asistenciales, de lo contrario no será deducible de sus inventarios. Para ello el SAT pone a disposición una nueva herramienta informática de acceso público que permite de manera eficiente, ágil y sobre todo transparente en cada etapa de su procedimiento la consulta, registro, y seguimiento sobre deducción por destrucción o donación de mercancías que perdieron valor.

Para que quede mas claro el SAT se dio a la tarea de responder a las preguntas frecuentes respecto al tema de Donación y destrucción de Mercancías:

1 ¿Qué implicaciones tiene para efectos de IVA la donación y destrucción de mercancías que perdieron valor?
R.= Que en caso de ser deducibles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta no se consideran enajenación para efectos de IVA. En este sentido la donación y destrucción de mercancías son deducibles para efectos de ISR cuando se lleve a cabo la donación o destrucción de mercancías que perdieron valor en los términos señalados por las disposiciones fiscales aplicables. Fundamento legal: Artículo 8, segundo párrafo de la Ley del IVA; artículo 25, primer párrafo, del Reglamento de la Ley del IVA; artículo 31, fracción XXII, de la Ley del ISR; y artículos 87, 88, 88-A, 88-B y 89 del Reglamento de la Ley del ISR.

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Comprobantes Fiscales para 2014 – Nuevos Requisitos para las Facturas Electrónicas e Impresas con CBB

C.P. ARMANDO PÉREZ SÁNCHEZ
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP
Con la colaboración de la L.C.P. LIUBA CÁRDENAS PULIDO

Durante el periodo de 2010 a 2012, los requisitos de los comprobantes fiscales, así como las características de los diferentes medios de facturación tuvieron diversas modificaciones, las que se dieron a conocer mediante reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la emisión de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y sus diversas modificaciones. Esas reformas se comentaron en el Boletín Fiscoactualidades 2012, número 13, emitido en julio de 2012 por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

Sin embargo, con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2012 (difundida en el DOF del 12 de octubre de 2012) y la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013 (DOF del 31 de mayo de 2013), se hicieron cambios importantes a los requisitos de comprobantes fiscales.

En este sentido, este boletín tiene por objeto actualizar las características de los esquemas de facturación vigentes, así como indicar cuál es la tendencia para los siguientes años.

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Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3

 
El dia de hoy se publico la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3 en la pagina del SAT, la cual entrara en vigor cuando se publique en el Diario Oficial de la Federacion, las modificaciones aplican a los siguientes rubros:

  • Requerimiento del importe garantizado por carta de crédito
  • Opción de pago en parcialidades del ISR anual de las personas físicas
  • Forma oficial para realizar el pago en parcialidades o diferido
  • Formato de pago para afianzadoras
  • Solicitud del formato para pago voluntario del IDE pendiente de recaudar

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO. Respecto del Libro Primero, se reforman las reglas I.2.17.3., primero y tercer párrafos y I.3.16.4, fracción I, segundo párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, para quedar de la siguiente manera:

“Requerimiento del importe garantizado por carta de crédito
I.2.17.3. Para los efectos del artículo 141, fracción I del CFF, en relación con los artículos 89, primer y segundo párrafos y 92 del Reglamento del CFF conjuntamente al requerimiento de la carta de crédito se anexará el Formato para pago de contribuciones federales correspondiente.

…………………………………………………….

Una vez realizada la transferencia electrónica de fondos, se enviará el comprobante de la operación sellado por la institución de crédito y el Formato para pago de contribuciones federales al correo electrónico carta.credito@sat.gob.mx, el mismo día en que se realice el pago.

CFF 141, RCFF 89, 92

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Quienes No estan Obligados a llevar el SATIC – Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción

 

 

CONSTRUCTORAS. RÉGIMEN CONTABLE, FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL ELECTRONICARECOMENDACIONES PARA EVITAR LA IMPOSICIÓN DEL SATIC
Autor: LCP Bernardo González Vélez

El sector de la construcción siempre se ha caracterizado por su complejidad, y la seguridad social no podía ser la excepción, muestra de ello es el gran número de formatos, obligaciones y controles que establece el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RTC), cuya última reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2008.

En este sentido, uno de los temores principales de los patrones de este sector, es convertirse en sujetos de responsabilidad solidaria derivada de los incumplimientos patronales de los subcontratistas, pues la autoridad ha llegado al extremo de fiscalizar de manera extensiva a los contratistas, al considerar, de forma equivocada, que todo patrón que participe en una parte del ramo de la construcción, resulta ser sujeto obligado, lo que ha ocasionado que muchos subcontratistas cumplan con obligaciones que no les corresponden, específicamente la presentación de formatos. Por ello, el propósito del presente artículo será analizar qué tipo de subcontratistas deberían quedar exentos de la obligación de presentar los formatos SATIC, (vocablo que significa Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción), aun cuando participen en alguna obra.

ANÁLISIS DE ASPECTOS LEGALES Y CONSECUENCIAS DEL CUMPLIMIENTO IMPROCEDENTE
En principio veremos por qué existe la preocupación patronal por la determinación de una responsabilidad solidaria en materia de construcción, y para estos efectos transcribiremos el penúltimo párrafo del artículo 5 del RTC, que indica lo siguiente:

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