¿Cuál es el objeto de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI)?
R. Proteger la economía nacional y al sistema financiero, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como propósito recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento. Fundamento legal: Artículo 2 de la LFPIORPI.
2.- ¿Cuándo entra en vigor la LFPIORPI?
R. La LFPIORPI entró en vigor el 17 de julio de 2013. A los nueve meses siguientes al día de su publicación en Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012. Fundamento legal: Artículo Primero Transitorio de la LFPIORPI.
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El artículo 15, fracción II de la LISR permite a los contribuyentes que estimen el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales, superior al coeficiente del ejercicio al que correspondan tales pagos, a partir del segundo semestre del ejercicio (julio), solicitar autorización para disminuir el monto que les corresponda. En caso de haber cubierto una cantidad menor a la que les hubiera correspondido, se cubrirán “recargos” por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.
El pasado 8 de Septiembre, 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso la Iniciativa de Reformas Fiscales para 2014. De inmediato nos dimos a la tarea de estudiarla, por lo que enseguida compartimos con ustedes nuestra visión de la misma y respecto a la Ley del IVA se puede decir lo siguiente: