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Regimen de Incorporacion, Pension Universal y Seguro de Desempleo – Motivantes para dejar la Informalidad

 

El 8 de septiembre de 2013 fue anunciado por Enrique Peña Nieto su paquete económico para el ejercicio 2014 el cual entregó al congreso para su análisis y aprobación por el congreso el día 13 de septiembre de mismo año. Los puntos a destacar en cuanto a la reforma SOCIAL es la siguiente parte del documento
original:

Medidas para promover la formalidad, reduciendo las barreras de acceso y ampliando los servicios de seguridad social.

Reconociendo que la informalidad representa una importante barrera para el crecimiento acelerado de la productividad, uno de los ejes de la Reforma Hacendaria consiste en promover la formalidad. Con ese fin, en la nueva Ley del ISR, se propone la inclusión de un Régimen de Incorporación Fiscal, con lo que se crea un punto de entrada para los negocios de pequeña escala al ámbito de la formalidad. El Régimen de Incorporación, en el que solamente podrán participar contribuyentes con ingresos anuales de hasta 1 millón de pesos, preparará a los negocios para el cumplimiento completo de sus obligaciones fiscales, a través del otorgamiento de descuentos decrecientes en el pago de impuestos durante los primeros años de participación. Adicionalmente, el Régimen permitirá a la autoridad contar con información para evitar que las grandes empresas utilicen operaciones con pequeños negocios para realizar prácticas de evasión fiscal.

De forma paralela, se propone crear un Régimen de Incorporación a la Seguridad Social, por el que las personas que se registren en dicho Régimen recibirán los servicios de seguridad social con descuentos sobre las obligaciones por pago de cuotas. Adicionalmente, se ampliará la oferta de servicios de seguridad social mediante la introducción de un Seguro de Desempleo para los trabajadores formales y la creación de una pensión universal para los adultos mayores.

PENSION UNIVERSAL

Condicionantes:

  • Sólo son elegibles para esta pensión aquellas personas “que tengan un ingreso mensual igual o inferior a quince salarios mínimos
  • Que no reciban actualmente una pensión contributiva
  • A partir de la entrada en vigor de la Ley no se pensionen bajo un régimen de reparto del IMSS, del ISSSTE o de las entidades paraestatales.

Al momento de poner condicionantes, deja de ser universal ya que solo el grupo de personas que cumplan con los requisitos tendrán acceso al beneficio, es bien cierto que las reglas del juego no están del todo establecido ya que no se estipula el monto y la periodicidad del beneficio social, lo que pone en tela de juicio el punto 3 de las condicionantes, porque te hace renunciar a cualquier tipo de pensión que pudieras llegar a tener.

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SEGURO DE DESEMPLEO

A partir del próximo año, México podría dejar de ser el único país integrante de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que no cuenta con un seguro de desempleo. El Gobierno federal presentó una iniciativa en la que propone crear un mecanismo de apoyo económico a las personas que laboren en el mercado formal y pierdan su relación laboral.

Estaría financiado con una aportación de 3% sobre el salario del trabajador por parte del patrón y un subsidio del Estado con cargo al Presupuesto. La propuesta contempla garantizar por lo menos la recepción de un salario mínimo vigente durante seis meses.

La idea del seguro de desempleo es que una persona no se integre a un trabajo informal por la necesidad económica, sino que pueda tener un apoyo económico por un tiempo mientras encuentra otro trabajo formal. Lo más importante a destacar en el seguro de desempleo es que los recursos se harán llegar del 5% que pagan los patrones del Infonavit quedando de la siguiente manera la distribución:

5% 2% FONDO DE VIVIENDA
3% 2% FONDO MIXTO
1% FONDO SOLIDARIO

En dado caso que un trabajador obtenga un crédito Infonavit en lugar de contar con el 5% para determinado crédito, estaría contando con un porcentaje solo del 2% lo cual merma su capacidad de adquisición y de pago.

En lo que respecta al 3% restante, el fondo mixto estaría destinado en un seguro de desempleo del propio trabajador en caso de perder la relación laboral, cuando el 2% no sea suficiente para el trabajador podrá obtener un seguro mayo ya que el 1% se concentra en un fondo solidario para apoyar a cualquier trabajador que no se haya incorporado a las actividades laborales.
 
Por si fuera poco la iniciativa presentada al congreso contempla un tope a tener en el fondo solidario y mixto respectivamente, el cual no se da a conocer en la iniciativa por lo que conlleva a analizar esos dos puntos ya que la si el saldo de los fondos no es suficiente, se puede tomar del saldo de la cuenta de vivienda de cada trabajador lo cual es un golpe más al poder de adquisición y pago de los trabajadores para adquirir una vivienda, recordemos que el saldo de la cuenta de vivienda juega un papel importante para la determinación de puntos y acceso a un crédito Infonavit ; por otra parte este saldo puede utilizarse para el pago del crédito en comento.

Otra alternativa propuesta es que si una vez sacrificando los puntos porcentuales de las aportaciones patronales, la cuenta de vivienda de los trabajadores se muestra la opción de que el presupuesto de egresos de la federación para integrar los recursos de los fondos de subsidios de desempleo.

Fuente: IMCP

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