Mediante la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2013, se realizaron cambios relevantes en materia de expedición de comprobantes fiscales, a saber:
1. Se eliminó la opción que tenían ciertos contribuyentes de expedir CFD.
2. Disminuyó de $4’000,000.00 a $250,000.00 el monto de ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio de 2012, para que las personas físicas y las personas morales que tributen en el régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta, puedan optar por expedir comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad (código de barras bidimensional).
Estos cambios empezarán a ser aplicados a partir del 1o. de enero de 2014; por esa razón, a partir de esta última fecha, la mayoría de los contribuyentes expedirán CFDI para amparar los actos o actividades que realicen o por los ingresos que perciban.
Consideramos la trascendencia que tienen para los contribuyentes las recientes modificaciones en materia de comprobantes fiscales, es por ello que nos hemos dado a la tarea de elaborar esta obra, la cual permitirá a los lectores conocer el régimen de transición de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad (código de barras bidimensional) o CFD a CFDI, las obligaciones, procedimientos, aspectos administrativos y trámites que establece el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y anexos, en relación con los CFDI, los citados comprobantes fiscales impresos con CBB y los CFD.
Si deseas conocer mas de este tema tan importante para las Personas Físicas y Morales que emiten comprobantes fiscales en sus diferentes modalidades (CFDI, CBB o CFD), los invito a dar clic en la siguiente imagen para que adquieran la versión electrónica de la publicación “CFDI, COMPROBANTES FISCALES IMPRESOS (CBB) Y CFD” Tratamiento fiscal y manejo administrativo.
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