Carta invitación SAT: omisión de declaración anual de asalariados

 

El SAT empezó a enviar cartas invitación por omisión de la declaración anual de asalariados, de manera masiva está notificando a personas físicas pertenecientes al régimen de sueldos y salarios por omisión en la presentación de su declaración anual 2023.

EL SAT detecta de forma automática los CFDI con el complemento de nomina emitidos por los empleadores, determinando si el contribuyente esta o no obligado a la presentación de la declaración anual como asalariado. En algunos casos los empleadores deben realizar el ajuste anual del ISR por los asalariados, pero en ocasiones esto no se hace.

Obligados a presentar su declaración anual como Persona Física

A continuación, te explicamos los motivos por los cuales debes presentar tu declaración anual:

Se obliga durante el mes de abril de cada ejercicio, a las personas físicas registradas en el SAT, que se encuentren en los siguientes supuestos:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

En particular, tres puntos destacan con mayor frecuencia en las cartas enviadas por la autoridad.

  • El primero se refiere a la situación de tener más de un empleador, como se detalla en la carta invitación donde se menciona claramente el número de empleadores que te emitieron recibos de nómina en el mismo ejercicio fiscal.
  • El segundo involucra a quienes dejaron de prestar servicios a un empleador antes del 31 de diciembre, motivo por el cual están obligados a presentar su declaración anual.
  • Obtuviste ingresos superiores a $400,000 durante el año.

A continuación te presentamos un ejemplo de un contribuyente que dejó de prestar sus servicios a un empleador antes del 31 de diciembre.

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Ejemplo de carta invitación para contribuyentes con 2 empleadores.

declaracion anual 2 empleadores patrones

Como podemos notar es posible visualizar la información precargada por la autoridad y al inicio del comunicado se menciona la razón por la cual estás obligado a presentar tú declaración anual.

Presentación de la declaración anual ante el SAT

El hacer caso omiso puede conllevar a que el SAT te multe por incumplir con la obligación del envío de la declaración anual de Personas Físicas, por lo que se recomienda revisar cuidadosamente la información que el SAT tiene precargada. Puedes acudir con tu contador público de confianza para analizar la carta invitación y verificar que los datos precargados sean correctos.

Al enviar la declaración anual obtendrás el acuse de recibo con el cual podrás comprobar el cumplimiento de la obligación, pero también el envío de la declaración anual de Personas Físicas del SAT puede generar un saldo a pagar el cual deberá cumplirse en tiempo y forma, con su respectiva actualización y recargos.

Es probable que también obtengas un saldo a favor por la presentación de la declaración anual, por lo que puedes solicitar su devolución, siempre y cuando tengas una cuenta CLABE bancaria y tu e.firma vigente.

Para regularizar tus obligaciones fiscales, es crucial examinar detenidamente la carta invitación. Si la única omisión es la declaración anual, lo primero que necesitas hacer es asegurarte de tener los siguientes datos:

  1. RFC y clave CIEC (Contraseña para ingresar al portal del SAT).
  2. Firma electrónica.

Si aún no cuentas con una, puedes tramitar tu clave CIEC utilizando una de las aplicaciones móviles que la autoridad pone a nuestra disposición, como «SAT Móvil» o «SAT ID», disponibles en la tienda de aplicaciones de tu celular.

Una vez descargada, necesitas tener a mano la siguiente información para llevar a cabo el trámite:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Correo electrónico.
  • Número de celular.
  • Identificación oficial.
  • Confirmación de identidad mediante un vídeo.
  • Firma de la solicitud.

Una vez completado el proceso, la entrega de tu contraseña puede tardar entre 3 y 5 días hábiles.

Conclusión

En los últimos años, el SAT ha logrado aumentar significativamente la recaudación a través de cartas invitación y multas aplicadas a los contribuyentes. Esta práctica de enviar invitaciones por omisiones en las obligaciones fiscales continuará siendo vigorosa en los próximos años. Por ello, te recomendamos mantenerte informado sobre tus obligaciones fiscales y cumplirlas puntualmente, como es el caso de la declaración anual de personas físicas. Esto te ayudará a evitar multas por incumplimiento y a mantener una vida fiscal sana.

   


7 comentarios en «Carta invitación SAT: omisión de declaración anual de asalariados»

  1. Buenos días efectivamente están llegando este tipo de cartas; sin embargo hay contribuyentes que no se encuentran en ninguno de los supuestos para estar obligados a presentar declaracion anual, ¿que se debe hacer?

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  2. ya recibí una de esas. En su mayoría son personas que chapulinean de trabajo en trabajo por buscar un mejor ingreso y no sabe nada de asuntos fiscales y es poco probable que la autoridad logre localizarlos con éxito, si éstos cambian de celular y correos como de calcetines.

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  3. QUE HAY DE LOS EMPLEADOS QUE NO EMPEZARON A TRABAJAR CON EL AÑO CALENDARIO CON UN PATRON, TAMBIEN TIENEN QUE PRESENTAR DECLARACION? Y SOLO TIENEN UN EMPLEADOR EN LA CARTA INVITACION. GRACIAS DE ANTEMANO

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  4. No sé porque se le van a los perros más flacos… conozco gente que ha facturado desde el ejercicio 2016… alrededor de 300,000 pesos anuales y no presentan su declaración anual desde ese año y no los molestan…y a los asalariados sí….

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  5. YO ENTRE EN NOVIEMBRE A TRABAJAR Y ME LLEGO ESE CORREO, NO CAIGO EN EL SUPUESTO QUE DEJE DE TRABAJAR ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE POR TENER POCOS CFDI DE NOMINAS. ESE SISTEMA DEL SAT AGARRA PAREJO PARA VER QUIEN CAE. SALUDOS.

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  6. Yo creo que el SAT debería mejorar su sistema para hacerlo mas eficiente, porque te mandan correos sin saber si eres tu el contribuyente o no, como indica una persona aqui la mayoria de las personas a quienes les estan llegando son personas inestables en sus trabajos, mi ejemplo son los albañiles, muchos no tienen ningun estudio y cuando necesitaron darse de alta ante el sat yo les saque su cita ocupando mi correo y me imagino cuando acudieron a su cita entregaron su correo personal, no entiendo porque me llegan a mi que solo saque su cita. Bueno en fin, yo creo que si trabajaron formalmente menos de un año no deben presentar ninguna declaración.

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