A unos días de la publicación del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, se anuncia que las tablas y tarifas para el calculo del ISR para las personas físicas se actualizarán. Este cambio será aplicable a partir del 1ro de enero de 2018, aumentando los importes de los límites (inferiores y superiores) y las cuotas fijas que correspondan a los rangos.
Consecuencias del aumento a las tablas y tarifas de ISR 2018
Si eres contribuyente y no conoces el calculo del Impuesto Sobre la Renta para las personas físicas, te imaginaras que pagaras mas ISR por tus ingresos por el incremento a las tablas y tarifas; pero recomiendo analizar cada caso, para conocer el impacto que tendrá en el pago del impuesto.
Explicacion Express: Al aumentar los límites inferiores y superiores, algunos contribuyentes bajaran el rango de cuota fija, la diferencia entre el importe y el límite inferior es menor y por lo tanto se le aplicará el porcentaje a una base menor. El resultado de del ISR será la suma de la cuota fija y el resultado del importe al que se le aplicó el porcentaje.
En la recien publicada Resolución Miscelánea Fiscal de 2018 se añadió la regla 3.17.14, en la que contempla la actualización de las tablas y tarifas del ISR en 2018:
Actualización de la Tarifa del ISR para personas físicas
3.17.14. De conformidad con el artículo 152, último párrafo de la Ley del ISR, cuando la inflación observada acumulada desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización de las cantidades establecidas en moneda nacional de las tarifas contenidas en dicho artículo, en el artículo 96 y en el artículo 111 de la Ley del ISR, exceda del 10%, dichas cantidades se actualizarán por el periodo comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado. Para estos efectos, se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el INPC del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el INPC correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento.
Conforme a lo expuesto en el primer párrafo de esta regla, se dan a conocer las cantidades de las tarifas actualizadas en el Anexo 8 de la presente Resolución que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018.
Las cantidades establecidas en las tarifas de la Ley del ISR entraron en vigor el 1 de enero de 2014 y fueron dadas a conocer en el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013.
Asimismo, para los efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 152 de la Ley del ISR, el mes más antiguo del periodo que se considerará será el mes de diciembre de 2013, de conformidad con lo dispuesto en la fracción XXXI Artículo Noveno Transitorio, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo”, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013.
Para realizar la actualización a que se refiere el primer párrafo de esta regla se consideró lo siguiente:
El incremento porcentual acumulado del INPC en el periodo comprendido desde el mes de diciembre de 2013 y hasta el mes de enero de 2017 fue de 11.74%, excediendo del 10% mencionado en el primer párrafo de esta regla. Dicho por ciento es el resultado de dividir 124.598 puntos correspondiente al INPC del mes de enero de 2017, publicado en el DOF el 10 de febrero de 2017, entre 111.508 puntos correspondiente al INPC del mes de diciembre de 2013, publicado en el DOF el 10 de enero de 2014, menos la unidad y multiplicado por 100.
De esta manera y con base en lo dispuesto en el tercer párrafo de esta regla, el periodo que se tomó en consideración es el comprendido del mes de diciembre de 2013 al mes de diciembre de 2017. En estos mismos términos, se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el INPC del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el INPC correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización, por lo que se tomó en consideración el INPC del mes de noviembre de 2017, publicado en el DOF el 08 de diciembre de 2017, que fue de 130.044 puntos y el índice correspondiente al mes de diciembre de 2013, publicado en el DOF el 10 de enero de 2014, que fue de 111.508 puntos. Como resultado de esta operación, el factor de actualización obtenido y aplicado fue de 1.1662.
LISR 152, Decreto 11/12/2013 Noveno Transitorio
Descarga la Resolución Miscelánea Fiscal de 2018
Nos dimos a la tarea de recabar la RMF 2018 en PDF y puedes solicitarla, rellenando el siguiente formulario:
Descarga las Tablas y tarifas del ISR para 2018 (actualización del 29-12-2017)
El día 29 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el anexo 8 de la RMF para 2018. Ya están disponibles para su descarga las tablas y tarifas del IAR para 2018. Puedes solicitarlas en su formato de Excel dando clic en la siguiente imagen:
Conclusión
Con la entrada en vigor de las tablas y tarifas del ISR para 2018, una vez publicado el anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2018, los contribuyentes que sean personas físicas, tendran que adecuar sus sistemas de calculo de impuestos.
Nóminas
Al tratarse de Tablas y Tarifas aplicables a Personas Físicas, también se incluyen los asalariados y asimilados a salarios. Se deberán actualizar las tablas en los sistemas de generación de nominas, para que el patron retenga el ISR correcto a cada trabajador y lo entere al SAT.
Fuente: DOF 22-12-2017 y 29-12-2017
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Es muy valioso estar informado oportunamente siobre las disposiciones fiscales
Por lo que se observa, aumentará el IS para personas físicas.
Porqué no se ha anunciado para todos los ciudadanos? Tiempo de precampañas?
Es valiosa su información, por ello quiero la suscripción, felicidades