El día de hoy 12 de agosto el SAT publico las “Causas para dejar sin efectos el certificado de sello digital”, en dado caso de que la persona física o moral se encuentren expidiendo comprobantes fiscales digitales con Código de Barras Bidimensional (Facturas CBB) y les llegaran a cancelar su FIEL (certificado y sellos digitales) ya no podrán emitir este tipo de comprobantes por lo que solo les quedara la opción de emitir Comprobantes fiscales Digitales por Internet.
Al parecer se trata de una medida severa contra los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales o incurran en algún delito fiscal.
Causas para dejar sin efectos los comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad
I.2.8.1.4.
Para los efectos de la regla I.2.8.1.1., a los contribuyentes emisores de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad que se ubiquen en alguno de los supuestos a que se refiere la regla I.2.2.4., se les negará la aprobación de nuevos folios y se tendrán por cancelados los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución correspondiente, quedando obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet en términos de los artículos 29 y 29-A del CFF.
Los contribuyentes que se ubiquen en los supuestos del párrafo anterior, no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la regla I.2.8.1.1. durante los ejercicios posteriores.
Los comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad emitidos con posterioridad a la fecha en que se hubieren tenido por cancelados los folios de que se trate, no tendrán valor para efectos fiscales.
CFF 29, 29-A, RMF 2013 I.2.2.4., I.2.8.1.1.
Fuente: SAT
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