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Toda cancelación de un Comprobantes Fiscales Digitales por Internet tiene su efecto fiscal y consecuencias económicas para cualquier contribuyente. Hasta ahora el CFDI se ha podido cancelar en cualquier momento, incluso los emitidos en ejercicios pasados.

Las razones anteriores son perfectamente entendibles, estas son parte del día a día del departamento de facturación o crédito y cobranza, pero existen razones menos entendibles las cuales lo que buscan es beneficiar al contribuyente que cancela el CFDI sin consentimiento del receptor.

Repercusiones de la cancelación de un CFDI y la entrada del nuevo esquema

Actualmente, si se emite un CFDI a favor de un contribuyente, el cual ampara la compra o el gasto para la empresa o negocio, este se aplica en la contabilidad para obtener deducciones autorizadas, reflejándose también en la declaración anual del contribuyente.

Al cancelar el CFDI por parte del emisor, se afecta en la deducibilidad de las operaciones que el receptor declaró como válidas al tener en su poder un CFDI que en su momento estaba vigente.

Con la entrada del nuevo esquema de cancelación del SAT, se busca evitar la disminución de ingresos de los contribuyentes de forma arbitraria, lo cual afecta la deducibilidad para el Impuesto Sobre la Renta y el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado.

Aceptación o rechazo de la cancelación

El receptor tendrá la decisión de aceptar o rechazar la solicitud de cancelación del CFDI del emisor, pero también la cancelación podrá ser aplicada si no se recibe una respuesta por parte del receptor a las 72 horas hábiles.

Si bien el receptor del CFDI tendrá un seguro contable-fiscal por parte del SAT al permitirle rechazar la solicitud de cancelación, para lo que el receptor considere conveniente, podría darse el caso que el receptor vuelva a enviar la misma solicitud y esta no sea atendida a las 72 horas y se cancele el CFDI por falta de respuesta del receptor.

Comentarios finales

Si bien, el manejo de la facturación electrónica se ha vuelto muy compleja estos últimos años, se ha avanzado mucho en la forma que se venía haciendo anteriormente. El principal beneficiario de este sistema es la autoridad, al tener en tiempo real el monto de los ingresos, egresos, pagos y nóminas de los contribuyentes.

Las consecuencias de la entrada del nuevo esquema de facturación son un beneficio y una afectación para los contribuyentes.

El principal beneficio es que el receptor del CFDI adquiere lo que podría considerarse un seguro contable-fiscal para considerar el comprobante contable y fiscalmente, pero el caso contrario es una afectación para el emisor, al tener un candado para cancelar un CFDI en el que tiene derecho a realizarlo y que el receptor no acepte la solicitud de cancelación en la página del SAT.

Pronto veremos cuales son las acciones por seguir cuando un receptor tenga derecho a cancelar el CFDI y el receptor lo rechace desde el buzón tributario del SAT, veremos los primeros casos en los que cada parte de sus explicaciones al SAT del porque se necesita cancelar un CFDI o el porque el receptor quiere conservar la vigencia de un CFDI.

El SAT ha dado prórroga para la adopción del nuevo esquema de cancelación, será hasta el 1ro de septiembre cuando los contribuyentes que no están al tanto de los cambios, cuando empiecen a experimentar problemas con los sistemas de facturación actuales, ya que no todos se van a actualizar el 1ro de septiembre de 2018, por lo que es recomendable los primeros días, realizar la cancelación desde la página del SAT directamente.

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