A partir del 1 de julio de 2012 los recibos de honorarios deben de contener mas requisitos para expedirse, independientemente al formato de recibo de honorarios que utilices ya sea Comprobante fiscal digital CFD, Comprobante Fiscal Digital por Internet CFDI o Recibo con Código de Barras Bidimensional CBB, los requisitos primordiales de un recibo de honorarios son los mismos.
Recuerda que este año ya no podrás expedir comprobantes fiscales en papel de los ex impresores autorizados por lo que deberás de adoptar alguno de los esquemas anteriores y si ya lo hiciste asegúrate de que tu comprobante fiscal contenga los siguientes requisitos:
- Régimen fiscal en el que tributa el emisor del comprobante: Si eres un profesionista podrán poner «Del régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales», también tienes la opción de poner «No aplica».
- Forma en que se realizó el pago y datos de la cuenta/tarjeta (cuatro últimos dígitos): con que se realiza el mismo. En este apartado debes de señalar si el pago fue por cheque, transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito junto con los últimos cuatro dígitos de la cuenta o tarjeta con que se realice el pago. Si no sabes o no es posible saber como se hizo el pago tienes la opción de poner «No identificado» en el comprobante fiscal. Si el pago es en efectivo no hay necesidad de poner la expresión “No Identificado” donde irían los 4 últimos dígitos.
- RFC genérico: Si no cuentas con el RFC de la persona a la que le expediste el servicio profesional puedes utilizar los RFC’s Genéricos:
– público en general: XAXX010101000
– residentes en el extranjero: XEXX010101000 - Unidad de medida: Según el SAT si se trata de comprobantes fiscales donde se presten servicios, se puede poner «No aplica» en ese espacio.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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