Para el ejercicio 2011, los contribuyentes que estén obligados a la presentación del Listado de Conceptos de IETU, lo presentarán de manera anual (y no de manera mensual como anteriormente se realizaba). Lo anterior es aplicable tanto para personas físicas como personas morales.
Antecedentes: El artículo 22, segundo párrafo, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2010 (LIF-10) precisa que los contribuyentes presentarán mensualmente la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base de para determinar el impuesto empresarial a tasa única (IETU).
A partir del 2011, esta información no se presenta mensual, la presenta anual en conjunto con su declaración del ejercicio. El fundamento legal es el Artículo 21, fracción II, numeral 1 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2011.
ARTICULO 21. PARA LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA UNICA SE ESTARA A LO SIGUIENTE:
II. En materia de impuesto empresarial a tasa única:
1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. La información a que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.
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