Para pertenecer al RIF es necesario que el total de los ingresos obtenidos en año anterior por ambos conceptos no haya excedido de dos millones de pesos entre su sueldo y actividades empresariales.
Para aclarar un poco estas dudas el SAT creo las siguientes guías que explican de manera sencilla cuales como se deben de inscribir las Personas Físicas al Régimen de Incorporación Fiscal por tipo de actividad:
Guía General de Inscripción al Régimen de Incorporación Fiscal
Guía para Personas con Negocios en el Régimen de Incorporación Fiscal
Guía para Personas que Prestan Servicios en el Régimen de Incorporación Fiscal
Guía para Personas con Tienda de Abarrotes en el Régimen de Incorporación Fiscal
Guía para Taxistas en el Régimen de Incorporación Fiscal
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