Si tienes la necesidad de hacer un pago por cuenta de terceros, deberás seguir las siguientes indicaciones para que el tercero pueda hacer deducible y acreditarse el IVA pagado en su nombre, según la resolución miscelánea para 2011 publicada recientemente.
Para los efectos de los artículos 29 del CFF, 20, fracción IX y 106, sexto párrafo de la Ley del ISR, así como 35 de su reglamento, los contribuyentes que paguen por cuenta de terceros las contraprestaciones por los bienes o servicios proporcionados a dichos terceros y posteriormente recuperen las erogaciones realizadas, deberán proceder de la siguiente manera:
Los comprobantes fiscales de los proveedores de bienes y prestadores de servicios deberán ser emitidos a nombre de los terceros y contener, además de los datos a que se refiere el artículo 29-A del CFF, el nombre, la denominación o razón social, el domicilio fiscal y la clave del RFC de esos terceros.
Los terceros, en su caso, tendrán derecho al acreditamiento del IVA en los términos de la Ley de dicho impuesto y su reglamento.
El contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero no podrá acreditar cantidad alguna del IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen a los terceros.
A solicitud del contribuyente que realice el pago por cuenta del tercero, los proveedores de bienes y prestadores de servicios podrán anotar en los comprobantes fiscales que expidan, después la clave del RFC del tercero, la leyenda: «Por conducto de (clave del RFC del contribuyente que realice la operación)».
¿Cómo pagarle al tercero correctamente?
El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros deberá hacerse con cheque nominativo a favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa, sin cambiar los importes consignados en el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios, es decir, por el valor total, incluyendo el IVA que en su caso hubiera sido trasladado.
Para tal efecto, e independientemente de la obligación del contribuyente que realiza el pago por cuenta del tercero de expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones que cobren a los terceros, deberán entregar a los mismos el comprobante fiscal expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios.
CFF 29, 29-A, LISR 20, 106, RLISR 35
Fuente: RMF 2011, DOF
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Contador,
Una pregunta; la leyenda: «por conducto de (clave del RFC del contribuyente que realice la operación); en que parte del CFD debe ir, en que nodo del XML?
contador: buenas tardes. soy persona moral hago transferencia a operadores para viaticos ellos pagan con tarjeta y las facturas las traen a nombre de la empresa se puede considerar como pago a tercero.