En el nuevo aplicativo para la DIOT del SAT, se tiene el instructivo para realizar la carga batch para ejercicios 2025 y 2024 hacia atrás, en el caso de este último el instructivo tiene solamente 21 campos y cuando se envía tal como se establece en su instructivo arroja el siguiente error, además de que ha modificado el instructivo publicado por primera vez.
- Línea: 1: La estructura del layout y/o el número de campos es incorrecto, se esperan 23 campos y se están recibiendo 21
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Listado de campos del instructivo DIOT 2024
A continuación, presentamos los campos del instructivo para los ejercicios 2024 y anteriores, con una columna adicional para indicar el campo correspondiente.
4.1 Datos del tercero declarado
No de campo | Campo | Tipo de dato | Obligatorio u Opcional | Especificaciones |
Campo 1 | Tipo de tercero | Numérico 2 posiciones | Obligatorio | Es el tipo de proveedor o tercero a reportar: 04 Proveedor Nacional 05 Proveedor Extranjero 15 Proveedor Global |
Campo 2 | Tipo de operación | Numérico 2 posiciones | Obligatorio | Las opciones de tipo de operación varían para cada tipo de tercero. Proveedor Nacional 03 Prestación de Servicios Profesionales 06 Uso o goce temporal de bienes 85 Otros Proveedor Extranjero 03 Prestación de Servicios Profesionales 85 Otros Proveedor Global 87 Operaciones globales |
Campo 3 | Registro Federal de Contribuyentes | Alfanumérico a 12 o 13 posiciones, los caracteres alfabéticos deben ser mayúsculas | Obligatorio para el tipo de tercero nacional y global Opcional para el tipo de tercero extranjero | Debe corresponder a una clave del Registro Federal de Contribuyentes emitida por el SAT, ya que se valida su existencia en las bases institucionales. Para el tipo de proveedor global se coloca XAXX010101000. |
Campo 4 | Número de identificación fiscal | Alfanumérico máximo 40 posiciones | Obligatorio para el tipo de tercero extranjero | Acepta caracteres especiales. Acepta valores [a-z (incluso ñ) y &]. Para los tipos de tercero nacional y global el campo se queda vacío. |
Campo 5 | Nombre del extranjero | Alfanumérico máximo 300 posiciones | Obligatorio para el tipo de tercero extranjero | Acepta caracteres especiales. Acepta valores [a-z (incluso ñ) y &]. Para los tipos de tercero nacional y global el campo se queda vacío. |
Campo 6 | País o jurisdicción de residencia fiscal | Alfabético 2 posiciones | Obligatorio para el tipo de tercero extranjero | El valor se toma del catálogo Países, que se encuentra al final de este instructivo. Para los tipos de tercero nacional y global el campo se queda vacío. |
Campo 7 | Especificar lugar de jurisdicción fiscal | Alfanumérico máximo 300 posiciones | Obligatorio condicionado para el tipo de tercero extranjero | Obligatorio cuando el valor del campo País o jurisdicción de residencia fiscal sea ZZZ (Otro). Si el valor del campo País o jurisdicción de residencia fiscal es diferente a ZZZ (Otro), el campo se queda vacío . Para los tipos de tercero nacional y global el campo se queda vacío. |
4.2 IVA a declarar por tercero o proveedor
Campos | Campo | Tipo de dato | Obligatorio u Opcional | Especificaciones |
Campo 8 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. |
Campo 9 | Monto del IVA pagado no acreditable / Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. El valor de este campo debe ser menor o igual, al valor resultante de multiplicar el valor del campo anterior (Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA) por 0.16 |
Campo 10 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la región fronteriza norte | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. El campo se queda vacío para ejercicios 2018 hacia atrás. |
Campo 11 | Monto del IVA pagado no acreditable / Actos o actividades pagados en la región fronteriza norte | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. El campo se queda vacío para ejercicios 2018 hacia atrás. El valor de este campo debe ser menor o igual, al valor resultante de multiplicar el valor del campo anterior (Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la región fronteriza norte) por 0.08 |
Campo 12 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la región fronteriza sur | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. El campo se queda vacío para ejercicios 2020 hacia atrás. |
Campo 13 | Monto del IVA pagado no acreditable / Actos o actividades pagados en la región fronteriza sur | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. El campo se queda vacío para ejercicios 2020 hacia atrás. El valor de este campo debe ser menor o igual, al valorresultante de multiplicar el valor del campo anterior (Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la región fronteriza sur) por 0.08 |
Campo 14 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 16% de IVA | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. Para el tipo de tercero nacional el campo se queda vacío. |
Campo 15 | Monto del IVA pagado no acreditable / Actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 16% de IVA | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. Para el tipo de tercero nacional el campo se queda vacío. El valor de este campo debe ser menor o igual, al valor resultante de multiplicar el valor del campo anterior (Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios a la tasa del 16% de IVA) por 0.16 |
Campo 16 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados en la importación de bienes y servicios por los que no se pagará el IVA (Exentos) | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. Para el tipo de tercero nacional el campo se queda vacío. |
Campo 17 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades pagados por los que no se pagará el IVA (Exentos) | Numérico máximo 14 posiciones | Numérico máximo 14 posiciones | No permite decimales. Acepta cero. |
Campo 18 | Valor de los actos o actividades / Demás actos o actividades pagados a la tasa del 0% de IVA | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. | |
Campo 19 | Valor de los actos o actividades / Actos o actividades no objeto del IVA | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. |
Campo 20 | IVA pagado / IVA retenido por el contribuyente | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. |
Campo 21 | IVA pagado / IVA por devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre adquisición de mercancías y gastos en general | Numérico máximo 14 posiciones | Opcional | No permite decimales. Acepta cero. |
Sanciones por incumplimiento en el nuevo aplicativo para la DIOT
En el caso de la utilización del nuevo aplicativo del DIOT tenemos la infracción y multa por no presentar las declaraciones en los formatos o herramientas electrónicas que publique el SAT en su página.
Artículo 81 CFF. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones; de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedición de constancias, y del ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria:
I. No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
Artículo 82 CFF. A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información; con la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet o de constancias y con el ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas:
I. Para la señalada en la fracción I:
d) De $18,360.00 a $36,740.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.
Además de la multa por no presentar la DIOT, presentarla incompleta o con errores.
Artículo 81 CFF. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones; de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedición de constancias, y del ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria:
XXVI. No proporcionar la información a que se refiere la fracción VIII del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores
Artículo 82 CFF. A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información; con la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet o de constancias y con el ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas:
XXVI. De $14,880.00 a $29,750.00, a la establecida en la fracción XXVI. En caso de reincidencia la multa aumentará al 100% por cada nuevo incumplimiento.
Otro problema es que al realizar la carga para el ejercicio de 2025 se queda trabajando y no la realiza.

Comentario final
El nuevo aplicativo para la DIOT, presenta inconsistencias en la carga batch, ya que el instructivo para ejercicios 2024 y anteriores indica 21 campos, mientras que el sistema exige 23, generando errores en el envío. Además, se han identificado problemas en la carga de información para el ejercicio 2025, lo que puede derivar en incumplimientos y sanciones. Es fundamental que los contribuyentes tomen precauciones para evitar errores y posibles multas derivadas de estas fallas en la plataforma.
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