Estamos a menos de 2 meses de cerrar el año y se nos vienen algunas decisiones importantes para la presentación de nuestra declaración anual, una de ellas es si obtienes saldos a favor ya sea de ISR o IETU es qué hacer, si solicitar compensación o devolución de esos impuestos.
Para tomar una buena decisión si compensamos o se solicita en devolución, habría que ver cómo se fue dando ese saldo a favor para eso pongo 2 ejemplos:
Ejemplo 1:
Eres persona física con actividad empresarial y tus pagos provisionales de IETU o ISR son por lo regular cada mes, y digamos que tienen un saldo a favor de cualquiera de estos impuestos , entonces lo aconsejable sería que el saldo a favor se dejara para futuras compensaciones y aplicable a IVA, IETU e ISR.
Si ya tomaste la decisión de compensar este impuesto seria bueno decirle a tu contador que presente cuanto antes tu declaración anual, ya sea para aplicarte la compensación en algún impuesto y para que el mismo impuesto a favor pueda ser actualizado, para así obtener un poco mas de saldo a favor (cualquier cosa).
Ejemplo 2:
Eres una persona física con actividad profesional y te retienen IVA e ISR, pues la mejor opción es la solicitud de devolución. Si tu tienes bien controlado lo que viene siendo tus gastos deducibles y cada mes te sale a favor pues invariablemente tu decisión debe de ser la Devolución de Impuestos en tu Declaración Anual.
SI por error en tu declaración anual marcaste compensación y quieres solicitar devolución, podrás hacerlo pero no al revés ya que como dice arriba si elegiste devolución y quieres compensar no podrá cambiarse ese decisión.
Fundamentos:
Para los efectos de los artículos 22, 22-A y 23 del CFF, las personas físicas que determinen saldo a favor en su declaración del ejercicio darán a conocer a las autoridades fiscales la opción de que solicitan la devolución o efectúan la compensación del saldo a favor en el ISR, marcando el recuadro respectivo en las formas oficiales 13 o 13-A o formato electrónico, según corresponda.
“La opción elegida por el contribuyente para recuperar el saldo a favor no podrá variarse una vez que se haya señalado.”

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Una duda una persona que gana meno de seis salario minimo y tiene un credito de infonavit y en intereses reales tiene 9,000.00 podra tener saldo a su favor si el hace su declaracion anual y no su patron, gracias.
puede tener saldo a favor si se le retuvo ISR
Los primeros años del credito, Infonavit cobra puro interes, asi que si es en los primeros años los impuestos de tu casa si te dan saldo a favor.