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Fecha Limite de Declaraciones Informativas en 2016 – Descarga DIM 2015 y Anexos


dim 2016 3.3.10

Si estas obligado a presentar declaraciones informativas de 2014, debes hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2016, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM).

Expedir Constancias: Si expides constancias a terceros, utiliza los Anexos 1, 2 y 4 del programa DIM, según corresponda. El Anexo 1 debe tener sello y firma del empleador que lo imprime.

Existen varios motivos por lo que los contribuyentes deban de presentar alguna de las declaraciones informativas múltiples ante el SAT.

El anexo mas común es el «Anexo 1» el cual lo presentan las Personas Físicas y Morales que hayan pagado remuneraciones a sus trabajadores, le sigue el «Anexo 2» que es donde se declaran las retenciones de IVA, ISR o IEPS que hayan hecho a terceros.

A continuación les dejo los anexos de la Declaración Informativa Múltiple y quienes están obligados a presentarla:

Anexos de la Declaración Informativa Múltiple

DIM 2015 SAT

Anexo 1 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo y para la nivelación del ingreso.

La presentan Personas físicas y morales que efectúen pagos por concepto de sueldos y salarios, y conceptos asimilados. También Personas físicas y morales que hagan pagos a trabajadores por concepto de subsidio para el empleo

Anexo 2 Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS

Personas físicas y morales, que efectúen pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS por los conceptos siguientes, entre otros:

  • Prestación de servicios profesionales
  • Arrendamiento de bienes inmuebles
  • Servicios prestados por comisionistas
  • Autotransporte terrestre de carga
  • Intereses
  • Premios
  • Derechos de autor
  • Dividendos o utilidades
  • Adquisición de otros bienes no consignada en escritura pública
  • Enajenación de otros bienes no consignada en escritura pública
  • Enajenación de acciones
  • Operaciones financieras derivadas
  • Arrendamiento en fideicomiso
  • Adquisición de desperdicios industriales
  • Enajenación de bienes gravados por el IEPS a través de comisionistas, mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores

Anexo 3 Información de contribuyentes que otorguen donativos.

Es obligación de las personas que hayan otorgado donativos, se trata de Personas físicas y morales con actividades empresariales y profesionales que hayan otorgado donativos

Anexo 4 Información sobre residentes en el extranjero

Los obligados son las Personas físicas y morales con actividades empresariales y profesionales que efectúen pagos y retenciones a personas físicas o morales residentes en el extranjero.

También las Personas morales del Régimen General de Ley y del régimen Simplificado, y físicas con actividades empresariales y profesionales que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero.

Anexo 5 De los regímenes fiscales preferentes.

La presentan las Personas físicas y morales que hayan realizado inversiones o las mantengan en territorios con regímenes fiscales preferentes

Esta información se presentará durante el mes de febrero de 2016.

Anexo 6 Empresas integradoras. Información de sus integradas.

Esta declaración informativa la presentan las Personas morales integradoras sobre información de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior por cuenta de sus integradas.

Anexo 7 Régimen de pequeños contribuyentes

Esta declaración la presentaban los denominados REPECOS, únicamente presentaban la declaración informativa de sus ingresos del ejercicio fiscal cuando sea requerida por las autoridades fiscales.

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Anexo 8 Información sobre impuesto al valor agregado

Los obligados eran las personas Morales y Físicas que estén obligados al pago del Impuesto al Valor Agregado. No están obligados a enviarla los contribuyentes que presenten dicha información conjuntamente con su declaración anual.

Anexo 9 Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

Están obligadas las Personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales que realicen operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero

Esta información se presentará conjuntamente con la declaración del ejercicio

Anexo 10 Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

Están obligadas las Instituciones fiduciarias por los pagos mensuales y deducciones de las personas a las que les correspondan rendimientos.

Fechas de presentación

Si estas obligado a presentar declaraciones informativas de 2015, debes hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2016

Salvo la declaración sobre inversiones con regímenes fiscales preferentes que se presenta durante todo febrero y la declaración de operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero que se presenta conjuntamente con la declaración del ejercicio 2014.

Descargar DIM 2015

Si necesitas descargar el DIM lo puedes hacer desde la pagina del SAT. El SAT nos informa que la versión V.3.3.10 del programa electrónico DIM 2015 se encuentra actualizada para efectos de presentar la Declaración Informativa Múltiple.

Si no se puede descargar directamente del SAT tenemos disponible la versión 3.3.10 en nuestro servidor para que puedas presentar sin contratiempos tu Declaración Informativa: Descargar DIM 2015 3.3.10

Como se envía la Declaración Informativa al SAT?

Presentar la Declaración Informativa 2015 desde el Portal del SAT

  1. Descarga e instala en tu equipo de cómputo el programa DIM .
  2. Ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa.
  3. Genera los archivos de tu declaración informativa, en tu equipo de computo, USB o CD.
  4. Ingresa a la sección Trámites, y de la barra superior elige la opción Declaraciones.
  5. Del apartado Informativas, selecciona la opción: Múltiple (30) DIM.
  6. Captura tu RFC y Contraseña en la pantalla desplegada, seguido de Iniciar Sesión.
  7. Ingresa el(los) archivo(s) que generaste de tu declaración informativa y da clic en Enviar.
  8. Imprime y conserva tu acuse electrónico y recibe por correo electrónico el acuse de aceptación del trámite.

Necesitas Presentar Declaraciones Complementarias?

Para el envió de las informativas complementarias debes indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. Sólo debes acompañar el o los anexos que se complementan y en los mismos incluir la información que se corrige y la que no se modificó, así como los datos generales del declarante y el resumen global del anexo.

9 Comentarios

  • Ernesto Sosa Aguilar dice:

    Los felicito por la labor que estan haciendo al difundir la cultura fiscal. Saludos

  • JORGE dice:

    GRACIAS POR LA INFORMACION , ME ES DE MUCHA IMPORTANCIA TODAS LAS HERRAMIENTAS QUE PUBLICAN.

  • Salvador Heriberto dice:

    Me permito decirles que su información es clara y excelente los felicito.

  • Juan Pablo dice:

    Tengo una duda, si realice pagos por dividendos, pero no le tocaban retención de ISR, lo relaciono en la informativa o no por no haber retencion?

  • RUBEN ALAIN ESPINOSA Y LOPEZ dice:

    INFORMACION COMPLETISIMA, GRACIAS

  • Luis Gutierrez dice:

    Soy persona moral que tuvo ingresos en 2015 por 80000 pesos, estoy obligada a subir contabilidad electrónica y cuando hacerlo?

  • Javier DL dice:

    Mejor información y explicación!!
    Mis mas sinceras felicitaciones y Agradezco de antemano por todas sus publicaciones.

  • lia dice:

    una pregunta los anexos que no corresponden a mis actividades llevan la palabra no la presenta o presenta sin operaciones

  • Arturo Pérez dice:

    Estoy revisando los movimientos de una Persona Moral y veo que los pagos provisionales de IVA los calculan en base a las facturas emitidas y recibidas, aun cuando hay facturas con convenio de pago a 30, 60, 90 dias tanto de los clientes, como de los proveedores, es correcto este procedimiento y en todo caso si es que tiene que ver con la deduccion de facturas de meses anteriores?

    Yo tenia entendido que el IVA se declara en base al flujo de efectivo; es decir, hasta el momento del cobro o pago pero entonces la declaracion informativa DIOT se tendria que empatar para informar solo las facturas pagadas?

    Ojala me pudieran ayudar con el tema para poder apegarme al procedimiento correcto.

    Para efectos del ISR en los pagos provisionales mensuales se aplicaria el mismo procedimiento de considerar solo las facturas cobradas y pagadas o aqui si se puede declarar en base a la fecha de emision de las facturas?

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