Para la declaración anual del ejercicio 2019 el SAT modificó el formato, por lo cual la determinación se realiza de conformidad con el llenado de ingresos nominales de los pagos provisionales presentados y los CFDI de nómina emitidos por el contribuyente.
Ahora bien respecto al apartado de los ingresos tenemos ya pre llenado un importe de ingresos nominales, los cuales se tienen que detallar hasta llegar al importe mostrado.
Para detallar los ingresos se debe de dar clic en el botón de DETALLAR que se encuentra del lado derecho del campo antes mencionado.
El tipo de ingreso va en relación a la siguiente lista:
Anticipos de clientes del ejercicio |
Ganancia cambiaria |
Ganancia en la enajenación de acciones o por reembolso de capital |
Ganancia en la enajenación de terrenos y activo fijo |
Ingresos obtenidos por apoyos gubernamentales |
Ingresos por partidas discontinuas y extraordinarias |
Ingresos presuntos |
Intereses devengados a favor del extranjero |
Intereses devengados a favor nacionales |
Intereses moratorios a favor del extranjero |
Intereses moratorios a favor nacionales |
Mejoras en construcciones e instalaciones |
Otras operaciones financieras extranjeras |
Otras operaciones financieras nacionales |
Otros ingresos o productos |
Pagos en especie |
Recuperación de cuentas incobrables |
Recuperación por seguros y fianzas |
Utilidad en participación subsidiaria |
Ventas y/o servicios extranjeros |
Ventas y/o servicios nacionales |
Anticipo de clientes de ejercicios anteriores |
Otros |
Respecto a las deducciones autorizadas las dividió en seis apartados.
El primer apartado GASTOS se tiene que detallar de conformidad con la siguiente lista.
Adquisición de bienes de importación (cumplir requisitos legales) |
Asistencia técnica |
Asistencia técnica de transferencia de tecnología o de regalías |
Combustibles y lubricantes |
Consumo en restaurantes |
Contribuciones pagados, excepto ISR, Impuesto local por remuneración de salarios; así como IVA e IEPS (cuando tiene derecho a acreditarlos) |
Deducciones de las personas morales residentes en el extranjero |
Devoluciones, descuentos y bonificaciones extranjeras |
Devoluciones, descuentos y bonificaciones nacionales |
Donativos no onerosos ni remunerativos |
Fletes y acarreos |
Gastos en general |
Gastos realizados en el ejercicio por proyectos de inversión y desarrollo tecnológico |
Honorarios pagados a personas físicas |
IEPS trasladado o pagado (cuando no tenga derecho a acreditarlo) |
Intereses de préstamos invertidos en los fines del negocio |
Intereses moratorios |
IVA trasladado o pagado (cuando no tenga derecho a acreditarlo) |
Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción y los que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros |
Los intereses devengados a cargo en el ejercicio sin ajuste alguno |
Pagos de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes federales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole |
Pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero |
Perdida fiscal en enajenación de acciones |
Perdida fiscal en enajenación de terrenos y activo fijo |
Pérdida por operaciones financieras derivadas |
Pérdidas por caso fortuito o fuerza mayor |
Pérdidas por créditos incobrables |
Primas por seguros o fianzas |
Uso de automóviles eléctricos, híbridos o accionados por hidrógeno |
Uso o goce temporal de automóviles de combustión interna |
Uso o goce temporal de bienes pagados a personas físicas |
Viáticos y gastos de viaje |
El apartado de sueldos y salarios ya viene casi en su totalidad pre llenado y solo se tienen que capturar algunos datos adicionales.
Por ejemplo en el apartado de sueldos, se tiene que seleccionar el factor de deducibles de los ingresos exentos para el trabajador y se tiene que capturar la PTU GRAVADA y EXENTA, así como el importe de la nómina no deducible.
En el apartado de asimilados a salarios solamente se debe de capturar el importe de los no deducibles por asimilados a salarios.
Y dos datos más en su caso.
En relación con las deducciones relacionadas con la nómina, estas se deben de detallar con base en la siguiente lista.
Aportaciones efectuadas en los términos de la Ley del INFONAVIT |
Aportaciones efectuadas en los términos de la Ley del SAR |
Aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal |
Aportaciones para jubilación y vejez |
Cuotas del seguro por desempleo |
Cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social |
Impuestos locales por concepto de remuneración de salarios |
Las provisiones para la creación o el incremento de reservas complementarias relacionadas con las gratificaciones a los trabajadores correspondientes al ejercicio |
Otros conceptos |
Remuneraciones a empleados o a terceros, que estén condicionadas al cobro de los abonos en las enajenaciones a plazos o en los contratos de arrendamiento financiero |
En relación con la deducción de las inversiones se deben de relacionar conforme a lo siguiente:
Activos fijos |
Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes |
Automóviles con propulsión de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos de combustión interna o accionado por hidrógeno |
Automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques |
Bicicletas convencionales, bicicletas y motocicletas con propulsión de baterías eléctricas recargables |
Construcciones |
Equipo de cómputo |
Equipos fijos de alimentación para vehículos eléctricos |
Inversiones en inmuebles considerados históricos |
Maquinaria y equipo |
Maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente |
Mobiliario y equipo de oficina |
Oleoductos, gasoductos, terminales y tanques de almacenamiento de hidrocarburos |
Otros equipos de transporte |
Terrenos (costo de adquisición) |
Cargos diferidos |
Asistencia Técnica |
Derechos de autor |
Licencias o concesiones |
Marcas |
Patentes |
Primas de seguros o fianzas |
Publicidad |
Regalías |
Erogaciones de periodos preoperativos |
Gastos de exploración (cuantificación) |
Gastos de exploración (localización) |
Investigación y desarrollo |
Gastos diferidos |
Activos intangibles que permitan la explotación de bienes del dominio público o la prestación de un servicio público concesionado |
Asistencia Técnica (GD) |
Derechos de autor (GD) |
Licencias o concesiones (GD) |
Marcas (GD) |
Patentes (GD) |
Primas de seguros o fianzas (GD) |
Publicidad (GD) |
Regalías (GD) |
Otros |
Respecto al costo de lo vendido nos solicita lo siguiente:
En este punto debemos de considerar si por ejemplo la deducción de las inversiones forma parte del costo como gastos indirectos de fabricación y depreciación fiscal, entonces se deben de excluir en el apartado de inversiones.
Y por último el campo de ajuste anual por inflación sólo pide que se capturen los datos del saldo promedio de los créditos y deudas, el programa realizará las operaciones aritméticas.
Con base en el detalle de los ingresos y deducciones, para la determinación del ISR anual se pide la captura de ciertos campos.
Y así tenemos el nuevo formato de la declaración anual hasta la determinación del ISR, cabe mencionar que debemos de tener cuidado en no duplicar las deducciones autorizadas ya que dentro del detalle por ejemplo de gastos se encuentra dentro de la lista a detallar el siguiente concepto.
Pagos de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, gerentes generales o miembros del consejo directivo, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole
Cabe mencionar que si estos pagos se realizan a contribuyentes inscritos en el RFC se realiza un CFDI de nómina el cual ya está incluido en el apartado de sueldos y asimilados a salarios.
Asesoría y Capacitación Fiscal Monroy S.C.
Es una empresa integrada por contadores públicos profesionales y dedicados a brindarle su tranquilidad.
Correo electrónico: contacto@contadormx.net
Excelente informacion felicitaciones!!
estupendo material gracias
ESA DECLARACION ES PURA BASURA. NO SABEN NADA EN EL SAT. POR QUE HE DE TENER CUIDADO SI SEGÚN TU YA ESTALLENADA. SE TRIPLICA LA PTU O MEJOR PONES CERO. SI PRESENTAS UNA COMPLEMENTARIA Y NO PAGAS SE BORRA EL DATO ANTERIOR, Y ASÍ EN MUCHOS CASOS QUE NI LA PENA VALE MENCIONAR.
EL LLENADO PARECE SENCILLO Y SI ESTUVIERA BIN CUADRARÍA PERFECTAMENTE COMO CONCILIACION CONTABLE FISCAL SIN NECESIDAD DE VOLVERLA A LLENAR EN LOS ESTADOS FINANCIEROS.
EN OTROS CASOS SUELDOS PAGADOS EL 2 DE ENERO NO PROVISIONDOS NO LOS CONSIDERA Y CONSECUENTEMENTE HAY DIFERENCIA EN PAGO DE ISR SEGUN PAGAS MAS
EN SERIO LO HICIERON CON LAS PATAS. NECESITAN PROFESIONALES PARA EL TRABAJO
SON DECISIONES DE UN SISTEMA TECNOLOGICO
Presenté una declaración complementaria de PP de ISR para ajustar el Ingreso del mes de Noviembre, el resultado es que el Aplicativo de la Declaración Anual me borro el pago provisional efectuado en ese mes, elimine la declaración complementaria y me volvió a reflejar el pago pero me triplico el ingreso de noviembre. Ya no se que hacer. El SAT me dice que me espere a que el aplicativo corrija el error. Son ya 8 días y corriendo.
a ponerla en practica
Muy oportuna su aportacion
Para las personas morales que declararon bajo el regimen de flujo de efectivo o acumulacion de ingresos, en que formato se presentara la delaracion anual 2019 ?
Los contenidos e investigación vienen muy bien analizados y correlaciones, que en lo particular
nos da un incremento a nuestros conocimientos.
Excelente información para el llenado.
Saludos al equipo de ContadorMX
BUENA EXPOSICION DEL LLENADO, FELICIDADES
Muy buen artículo, para los que no estamos actualizados, es de gran ayuda pues permite que uno se enfoque a entender y estudiar lo más trascendente. Sirve de guía, este como otros artículos que publican.
Saludos y feliz día de la amistad. que estén bien
Excelente material muchas gracias
Gracias por esta valiosa aportación, tema de actualidad el análisis de la declaración 2019 prellenada ,
Estimados colegas los felicito por el análisis que hacen de la nueva declaración, la duda que tengo es sobre los sueldos el SAT considera unas partidas y la empresa tiene otras en las cuales hay diferencias y esto es por las diferentes versiones que han tenido los programas de salarios, en este caso ¿Cual seria su posible solución?