¿Qué proporción de IVA debo utilizar en declaraciones y pagos: 1.0 ó 0.9999?

Publicado Actualizado por ContadorMx 2 min de lectura
 

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es el impuesto que se captura en el anexo R21 del Sistema de Declaraciones y Pagos, esto para la generación del pago referenciado mensual.

Pero ¿te has preguntado por qué el servicio de Declaraciones y Pagos no permite capturar una proporción de 1.0000 en la sección de IVA? Porque el formulario del Impuesto al Valor Agregado está diseñado para identificar el total de los actos o actividades pagados a las diferentes tasas; asimismo, determina de manera automática el IVA acreditable, donde se deberá indicar si el 100 % de los gastos se encuentran destinados a actos o actividades gravadas, y por ende, ubicarlos en los siguientes campos:

  • IVA trasladado por adquisiciones de bienes distintos de las inversiones, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes que se utilizan exclusivamente para realizar actos o actividades gravados.
  • IVA pagado en la importación por adquisición de bienes distintos de las inversiones, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes que se utilizan exclusivamente para realizar actos o actividades gravados.
  • IVA trasladado por la adquisición de inversiones destinadas exclusivamente para realizar actos o actividades gravados.
  • IVA pagado por la importación de inversiones destinadas exclusivamente para realizar actos o actividades gravados.
  • IVA trasladado o pagado en la importación por adquisición de bienes distintos de las inversiones, adquisición de servicios o por el uso o goce temporal de bienes destinados exclusivamente para realizar actos o actividades por los que no se está obligado al pago del impuesto.
  • IVA trasladado o pagado en la importación de inversiones destinadas exclusivamente para realizar actos o actividades por los que no se está obligado al pago del impuesto.

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Artículos 4, 5 y 5-B de la LIVA y Servicio de Declaraciones y Pagos.

En caso de realizar actos o actividades gravadas y exentas, se deberá determinar la proporción, la cual no puede exceder de 1.0 conforme al artículo 5 o 5-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y capturarla según corresponda en los campos:

  • Proporción utilizada conforme al artículo 5 de la LIVA.
  • Proporción utilizada conforme al artículo 5-B de la LIVA.

Fuente: SAT.

   

2 comentarios en «¿Qué proporción de IVA debo utilizar en declaraciones y pagos: 1.0 ó 0.9999?»

    • Si te refieres al campo de la proporción arriba viene la explicación de que considerar si solo tienes actos gravados no pondrás la proporción solo el IVA de gastos o importaciones del lado izquierdo, saludos

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