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Estamos en temporada de declaraciones anuales de Personas Físicas y Personas Morales, por lo que es importante considerar no solo lo que tenemos en nuestros registros contables. También es necesario que conciliemos contra los CFDI´s que el SAT tiene en su base de datos.

Sin excepción, todos los CFDI´s de cualquier tipo que se encuentren en la página del SAT, deben de considerarse para el cumplimiento de obligaciones de los contribuyentes. En el portal del SAT se pueden visualizar todas los CFDI´s de Ingreso, Egreso, Nómina, Pagos o Traslado.

¿Cómo descargar todos los CFDI de la página del SAT?

Puedes solicitar en la página del SAT la descarga de los CFDI que se emitieron o recibieron, accediendo desde la página del SAT en la sección de Trámites/ Factura Electrónica/ Consulta, Cancela y Recupera.

Esto funciona bien para los contribuyentes que no emitan muchas facturas al mes, pero se complica cuando son muchos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet emitidos al mes (más de 500).

El inconveniente de realizar este tipo de descarga es que solo obtienes el XML y no genera un reporte para comparar Vs los ingresos registrados en tu contabilidad. A menos que tengas un Programa para el Control de los XML´s que soporte las diferentes versiones de los XML´s.

Por otro lado, existen desarrollos que pueden descargar más de 500 XML desde la página del SAT, los validan y generan reportes muy completos del estatus de cada comprobante.

Conciliación y revisión de las deducciones

No solo se tiene que corroborar que los CFDI que tenemos en la contabilidad sean los mismos que los de la página del SAT, también se tienen que analizar los requisitos de las deducciones.

  • Es necesario saber si el comprobante está vigente, monitoreando que el emisor del CFDI lo hay cancelado sin previo aviso.
  • Si se llenó con las claves correctas del anexo 20 del SAT.
  • Verificar que el proveedor no haya duplicado el CFDI emitido, identificando plenamente el UUID del comprobante que se contabilizo.
  • Que el CFDI continúe vigente, corroborando que el proveedor no lo haya cancelado.
  • Formas y métodos de pago compatibles, si el método de pago es PPD (pago en parcialidades o diferido), la forma de pago no puede ser diferente a la clave 99 (Por Definir)

Conciliar los ingresos acumulables vs los CFDI´s del SAT

Para conciliar los CFDI de ingreso vs la base de datos del SAT, también se recomienda considerar lo siguiente:

  • Para las Personas Morales del título II, se acumula el ingreso cuando se expide el CFDI
  • Para las Personas Físicas y Personas Morales por flujo de efectivo, se acumula el ingreso cuando se cobra.
  • Se tendrán que considerar los CFDI emitidos a clientes y las facturas globales del ejercicio, para determinar el ingreso acumulable.

Conciliar y validar las notas de crédito emitidas (CFDI de egreso)

Los CFDI por devoluciones, descuentos o bonificaciones que se emitieron, deben estar correctamente emitidos, registrados y deben concordar contra lo que el SAT tiene en su página.

Las notas de crédito también se pueden emitir para la corrección de otros CFDI de ingresos que se emitieron relacionando el UUID, para después emitir el CFDI con la corrección.

CFDI de nómina vs registros del SAT

Es muy importante que el CFDI de nómina se emita con el complemento 1.2, ya que el SAT se basa en esa versión del complemento para hacer sus acumulados de percepciones y deducciones, determinando si el patrón retuvo o no correctamente el ISR.

Con la eliminación del envió del Anexo 1 de la DIM, el patrón está obligado a realizar el cálculo y entero del ISR a pagar o a favor a más tardar en el mes de febrero del siguiente ejercicio.

Para realizar esta conciliación, se deben obtener los XML desde la página del SAT y generar un reporte del acumulado de recibos de nómina, para compararlos, ya sea de forma acumulada o por empleado, contra los registros contables.

CFDI con el complemento para pagos

Si bien el SAT publicó la prórroga para la emisión del CFDI con el complemento para pagos, muchos contribuyentes ya los están emitiendo, estos los podrás identificar al momento de realizar la descarga de los XML´s del SAT por ser de tipo P (Pago).

Con la emisión de este tipo de comprobantes, el SAT sabrá si el CFDI con método de pago PPD ya está pagado, por consiguiente, lo considerará para el cálculo de los impuestos correspondientes (según el tipo de contribuyente).

Recomendación

La elaboración de la contabilidad (electrónica), cálculo de impuestos y emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, son actividades primordiales para el cumplimiento con la autoridad, es por eso que la recomendación va encaminada a conciliar toda la información, con el fin de no tener diferencias que detecte la autoridad y por esa causa se llegaran a adjudicar una revisión del SAT.

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