Cómo se pagan los impuestos? cuando resulta saldo a cargo en su declaración anual de ISR tanto para personas físicas como morales. Muchas veces uno como contador piensa que con darle al cliente el calculo del ISR a pagar por concepto de ISR anual el cliente pagara pero hay que cerciorarnos de que sepa lo que tiene que hacer para cumplir con esta obligación y también el como se recuperara el saldo a favor (en dado caso), para lo cual les dejamos la siguiente información:
A través de transferencia electrónica de fondos desde el portal del banco donde tengan su cuenta
- Todas las personas morales.
- Personas físicas con actividades empresariales que en el año anterior hayan obtenido ingresos iguales o superiores a 2’421,720 pesos.
- Personas físicas con actividades distintas a las empresariales actividades profesionales (honorarios) y arrendamiento de inmuebles que hayan obtenido en el año anterior ingresos iguales o superiores a 415,150 pesos.
- Personas físicas que obtengan ingresos por salarios y conceptos asimilados, que además obtengan otros ingresos distintos a salarios, siempre que la suma exceda de 400,000 pesos.
Opcionalmente, las personas que físicas que tengan a cargo ISR, IETU o que requieran acreditar IDE pueden hacer el pago en ventanilla bancaria mediante la hoja de ayuda que genera el DeclaraSAT o la Declaración automática.
A través de ventanilla bancaria con las hojas de ayuda que emiten los programas Declaración automática o DeclaraSAT
- Personas físicas con actividades empresariales que en el año anterior hayan obtenido ingresos inferiores a 2’421,720 pesos.
- Personas físicas con actividades distintas a las empresariales actividades profesionales (honorarios) y arrendamiento de inmuebles que hayan obtenido en 2010 ingresos inferiores a 415,150 pesos.
Opcionalmente, pueden realizar el pago mediante transferencia electrónica de fondos desde el portal del banco en el que tengan su cuenta.
Cómo recuperar los saldos a favor que resulten en el ISR
El saldo a favor se puede solicitar en devolución o compensarlo contra saldos a cargo en declaraciones posteriores.
Las personas físicas deben elegir la opción y marcarla en el programa Declaración automática o DeclaraSAT. Cuando se elija devolución se debe anotar el nombre del banco así como el número de cuenta Clabe (clave bancaria estandarizada) a 18 dígitos que proporcionan los bancos en los estados de cuenta. Cuando el saldo a favor sea igual o mayor a 13,970 pesos, se debe enviar la Declaración Anual con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.
Recomendaciones para que las personas físicas puedan obtener la devolución automática cuando resulte saldo a favor en el ISR
- Señale correctamente y completos su nombre, domicilio, CURP y RFC.
- En su caso, señale el RFC correcto de su patrón o retenedor.
- Señale los datos y montos correctos de sus deducciones personales.
- No olvide marcar el recuadro correspondiente en el programa Declaración automática o DeclaraSAT, así como señalar el nombre del banco y su número de cuenta Clabe a 18 dígitos.
- No olvide llenar todos y cada uno de los campos de la declaración.
- Si es asalariado y sus ingresos no rebasaron los 400,000 pesos, recuerde que para obtener su devolución debió dar aviso por escrito a su patrón, a más tardar el 31 de diciembre de 2011, que presentaría la Declaración Anual por su cuenta.
- Declare todos los ingresos a que esté obligado y que haya percibido en el ejercicio.
- Si realiza los cálculos de impuestos manualmente verifique que sean correctos.
- Cuando determine saldo a favor en el ISR por un monto igual o mayor a
13,970 pesos debe presentar la Declaración Anual con su Fiel vigente. - Presente su declaración por internet con el programa DeclaraSAT, o con la Declaración automática.
Image: Stuart Miles / FreeDigitalPhotos.net
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