Esto es muy recurrente para las personas físicas o morales que tienen varias actividades economistas y desean tenerlas dadas de alta para cumplir con sus obligaciones fiscales
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que:
- Inicien o dejen de realizar una actividad económica.
- Opten por una periodicidad de cumplimiento diferente o bien cuando opten por no efectuar pagos provisionales o definitivos.
- Elijan una opción de tributación diferente a la que vienen aplicando, inclusive cuando únicamente opte por plazos distintos para cumplir con sus obligaciones.
- Tengan una nueva obligación fiscal periódica de pago por cuenta propia o de terceros o cuando deje de tener alguna de éstas.
- Cambien su actividad económica preponderante.
Personas físicas que:
- Cambien su residencia fiscal y continúen con actividades para efectos fiscales en México.
Esta modificación se presenta a través de la página de Internet del SAT o en salas de Internet de cualquier ALSC, se atiende con y sin cita.
¿Qué documentos se obtienen?
Acuse de recibo con sello digital incluyendo entre otros datos, la fecha de presentación y el número de folio del aviso. Adicionalmente, la nueva Cédula de Identificación Fiscal y la Guía de Obligaciones donde se ubica la actividad a la cual te cambiaste.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente a aquél en que se dé la situación jurídica o de hecho que lo motive. Y las personas físicas que cambien de residencia fiscal, al momento de su cambio y con no más de dos meses de anticipación.
Procedimiento para el cambio de Obligaciones Fiscales
Para entrar a la aplicación, deberá iniciar su sesión en la sección de "Mi portal", y para ello es necesario contar con su RFC y CIECF.
Al ingresar a esta parte se desplegara un pequeño cuestionario donde deberás ir respondiendo o ubicándote en las obligaciones que te corresponden
Disposiciones jurídicas aplicables
Art. 27 CFF, Art. 25 y 26 Reglamento del CFF. Regla II.2.4.1. RMF

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