Respecto a la problemática que genero el presentar el pago provisional del IVA de Personas Físicas en el nuevo esquema de Declaraciones y Pagos que se “Simplifico” se obtiene la respuesta por parte de la autoridad.
Esta información esta en la pagina del SAT, en la cual aclaran el procedimiento para el acreditamiento del IVA a favor de periodos anteriores, para las PERSONAS FÍSICAS en sus pagos provisionales 2014, ya que en el nuevo sistema no viene el concepto de IVA A FAVOR de periodos anteriores.

A continuación se transcribe lo que se menciona en la pagina del SAT:
En el Servicio de Declaraciones y Pagos para personas físicas, ¿cómo registro el IVA acreditable de periodos anteriores?
Respuesta del SAT: Se debe sumar al IVA acreditable del periodo que declaras, sin exceder el IVA cobrado.
Fuente: SAT

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Que pasa si ya los meses anteriores ya nos excedidos del IVA COBRADO?
Si el IVA cobrado es mayor al IVA pagado y no tienes saldo a favor para aplicar un acreditamiento debes pagar la diferencia.
Saludos