Descargar la Ley Antilavado en PDF: Obligaciones generadas a partir del 17 de julio de 2013

Descargar la Ley Antilavado en PDF Obligaciones generadas a partir del 17 de julio de 2013
 

El pasado 17 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como Ley Antilavado. Esta ley entró en vigor el día 17 de julio de 2013, lo anterior de acuerdo al primero transitorio de la propia ley:

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Ley Antilavado: Contribuyentes obligados y multas

Ley Antilavado Contribuyentes obligados y multas

 

Derivado del compromiso adoptado por México en el ámbito internacional y como miembro del Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI, por sus siglas en francés), las autoridades en México, por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), han establecido estándares aplicables a las instituciones financieras y no financieras para la prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

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Pros y Contras de la Reforma a la Ley Seguro Social para los Trabajadores y Contribuyentes

 

Pool de Especialistas en Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México
C.P. y P.C.FI. Jorge Luis Confalonieri Herrero, Presidente
confajo@gmail.com

El 19 de marzo de este año, se presentó una iniciativa de ley en la cual se propone reformar el artículo 27 y derogar del artículo 32 de la Ley del Seguro Social (LSS). El 25 de abril la Cámara de Diputados aprobó la propuesta y fue enviada a la de Senadores, donde quedó pendiente su aprobación. En su exposición de motivos, uno de los objetivos es homologar el Salario Base de Cotización (SBC) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los ingresos gravados para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) con la finalidad de hacer similares ambas bases gravables.

Consideramos que el objetivo principal de esta reforma es incrementar los recursos del IMSS. Como es sabido, esta institución tiene problemas económicos serios, principalmente porque sus recursos no han sido canalizados adecuadamente para los fines que fue creada.

Sin embargo, en lugar de corregir su situación interna detectando y eliminando las fugas de sus recursos económicos, se busca que, mediante esta reforma, se incrementen sus recursos, con el impacto negativo directo para los patrones y trabajadores, que son cautivos y que en términos generales cumplen adecuadamente con esta obligación social.

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Propuesta de reforma

De manera muy general, los cambios que se plantean son los siguientes:

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Si tengo un Comprobante Fiscal puedo Acreditarmelo y Solicitar Devolucion en Automatico? Tesis Aislada

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El Acreditamiento y la Devolución de Impuestos que generan los comprobantes fiscales no se debe de considerar en automático una vez que se tenga el comprobante con requisitos fiscales del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, esto se señala en la siguiente tesis:

TESIS AISLADA CXCVII/2013 (10a).

COMPROBANTES FISCALES. EL CUMPLIMIENTO DE SUS REQUISITOS RESPECTIVOS NO IMPLICA QUE EN AUTOMÁTICO PROCEDA LA DEVOLUCIÓN O ACREDITAMIENTO SOLICITADO CON BASE EN ELLOS.

El cumplimiento de los requisitos de los comprobantes fiscales previstos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, no constituye una exigencia para efectuar la deducción o acreditamiento, sino un requisito que debe satisfacer el comprobante per se para que, en su caso, se pueda utilizar como medio a través del cual se efectúe la deducción o acreditamiento respectivo. Por tanto, el cumplimiento de los requisitos establecidos para los comprobantes fiscales sirve para que estos, como medios de convicción, satisfagan la finalidad consistente en dejar constancia de un acto o hecho con los efectos tributarios señalados.

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Como elaborar el Pago Referenciado de Personas morales – Declaraciones y pagos

 

pagos referenciadosEl presentar tus pagos referenciados como persona moral es una obligación hacerlo desde el Servicio de Declaraciones y Pagos que se encuentra disponible en la pagina del SAT, este servicio hace lo que antes se conocía por Pagos Provisionales Mensuales. Este contiene formularios para ingresar información para generar los pagos de impuestos a los que estés obligado a declarar.

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Requisitos Facturas a partir del 1ro de Enero de 2014 y Preguntas Frecuentes

 

El 31 de mayo de 2013 se publicó en el diario Oficial de la Federación (DOF) la segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y que, entre otras cosas, establece que los contribuyentes, personas físicas o morales, con ingresos acumulables superiores a 250,000 pesos deberán migrar a CFDI antes del 1 de enero de 2014.

Se prevé que para inicios de 2014 los requisitos del CBB y CFDI sigan siendo los mismos que actualmente están vigentes, considerando que solo los Comprobantes con Código de Barras Bidimensional CBB y los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet CFDI estarán vigentes para 2014, a continuación les dejo los requisitos de los CFDI y CBB:

Requisitos de la Factura Electrónica (CFDI) 2014 y ejemplo:

Las impresiones de las facturas electrónicas (CFDI) deben cumplir con los siguientes requisitos, cada requisito esta señalado en la factura de ejemplo que encontraran mas adelante:

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Guía para Dar de Alta a una Donataria Autorizada por el SAT a través de Internet

 

El régimen fiscal correspondiente a la autorización para recibir donativos deducibles conlleva importantes beneficios para las organizaciones civiles y fideicomisos que se constituyen con fines filantrópicos. Por lo anterior, con el objetivo de hacer más eficiente y agilizar el procedimiento relacionado con esta autorización se presenta la aplicación “Automatización del Registro de Solicitudes de las Donatarias en el Portal del Contribuyente de la página del SAT”, la cual permite que desde cualquier equipo de cómputo con acceso a Internet se presenten las siguientes promociones:

  • Solicitud de Autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta: Para las organizaciones civiles y fideicomisos que soliciten por primera vez autorización para recibir donativos deducibles; o bien, porque la misma deviene de la emisión de un oficio de “No Procedencia, No Presentada, Negativa, Efectivo Apercibimiento, etc.”.
  • Solicitud de Nueva Autorización para recibir donativos deducibles: Para las organizaciones civiles o fideicomisos cuya autorización haya perdido su vigencia, sea no renovada o revocada.
  • Solicitud de Actualización de Datos: Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que avisen:
    – Cambio de domicilio fiscal, denominación o razón social y RFC.
    – Reanudación de actividades, cuando se de el supuesto a que se refiere la ficha de trámite 61/CFF de este Anexo
    – Fusión
    – Extinción, Liquidación o disolución
    – Modificación en su objeto social o fines o de cualquier otro requisito que se hubiere considerado para otorgar la autorización respectiva
    – Cambio de Representante Legal
    – Actualización de datos, teléfono, domicilio de los establecimientos, correo electrónico, etc.
    – Actualización del documento vigente que acredite sus actividades
  • Solicitud de Cumplimiento de Requerimiento y de Autorización Condicionada: Esta se presenta cuando:
    a) Solventa un requerimiento de la Autoridad, o;
    b) Presenten el documento que acredite las actividades como se señaló en el oficio de Autorización Condicionada.
  • Solicitud de Autorización de Actividades Adicionales, Convenio de Apoyo Económico y de Nivel Educativo: Se presenta cuando las organizaciones civiles y fiduciaria, respecto del fideicomiso de que se trate, soliciten autorización para aplicar los donativos deducibles que reciban a:
    – Al apoyo económico de otras donatarias autorizadas, con las cuales ha celebrado convenios de colaboración
    – Impartición de otros niveles educativos
    – Distintas actividades autorizadas por la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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Pagos Referenciados derivados del Dictamen Fiscal y captura del Pago de lo Indebido

 
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página de Internet: www.sat.gob.mx, dio a conocer en su sección de preguntas frecuentes las referentes a “Pagos provisionales complementarios en el Servicio de DyP”, a saber:

1.¿Qué sucede cuando un contribuyente derivado de la determinación de contribuciones y aplicación de las disposiciones fiscales, tiene que pagar exclusivamente actualización y recargos a través del Servicio de Declaraciones y Pagos, derivado de las observaciones realizadas en el dictamen?

Deberá efectuar el pago de la actualización y recargos, presentando a través de la aplicación contenida en el Servicio de Declaraciones y Pagos, declaración del periodo por el que se estén causando los mismos, capturando los datos que permitan la generación éstos, obteniendo una línea de captura para realizar el pago correspondiente de ambos conceptos, a través del Portal bancario.

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