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Como Informar al SAT la Apertura de Establecimientos y Sucursales por Internet?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), pone a su disposición el servicio de presentar por Internet el “Aviso de Apertura de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades”, ingresando a la página del SAT www.sat.gob.mx en la sección “Mi Portal”, mediante su clave del Registro Federal de Contribuyentes [RFC] y Contraseña.

Para realizar este trámite, es necesario que disponga de lo siguiente:

  • Clave del RFC.
  • Contraseña.
  • PC con servicio de Internet
  • Impresora

Para la información de los datos de domicilio del establecimiento o sucursal, deberá apoyarse del respectivo comprobante de domicilio.

El Aviso de Apertura de establecimiento o sucursal se entiende como: la Apertura de establecimientos, sucursales, locales, puestos fijos o semifijos, lugares donde se almacenen mercancías y en general, cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades.

El trámite se tendrá por presentado, cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Catálogo de Servicios y Trámites [CST], publicado en la página de Internet del SAT [www.sat.gob.mx] y haya capturado correctamente la información presentada, conforme a la Guía mencionada.

Al concluir su trámite debe imprimir el “Acuse de Actualización al Registro Federal de Contribuyentes” que genera la aplicación y conservarlo como comprobante de haber presentado de aviso de Apertura de establecimiento por internet.

Es de señalar que las disposiciones fiscales que regulan la presentación del aviso de Apertura de establecimiento o sucursal, son: el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, quinto y décimo tercer párrafo, así como los Artículos 25, fracción VIII y segundo párrafo, artículo 26, fracción VI, y 28 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, actualmente en vigor, destacando que el contribuyente debe presentar el aviso de apertura de establecimiento o sucursal, dentro del mes siguiente al día en el que tenga lugar dicha apertura.

Deberá seguir las instrucciones de la presente “Guía Rápida para presentar el Aviso de Apertura de establecimiento o Sucursal por Internet”.

 

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