Eliminar Ley de IETU e IDE para 2014 pero seguir informando sobre Depósitos en Efectivo – Reforma Fiscal 2014


Para el año 2014 se busca eliminar la Ley del IETU e IDE según el Poder Ejecutivo estos 2 impuestos son considerados una carga administrativa muy pesada para los contribuyentes, esta propuesta se encuentra dentro del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2014. Al parecer con lo que se quedaran con lo que al parecer es de mucha ayuda en su tarea de recabar mas contribuyentes omisos, que es la obligación de los bancos de proporcionar información sobre los depósitos en efectivo que cualquier persona realice en su cuenta bancaria (arriba de 15 mil pesos al mes) de manera anualizada. A continuación se transcribe la exposición de motivos de la eliminación de estos 2 impuestos y la obligación de las instituciones bancarias de informar los depósitos en efectivo para 2014:

Leyes de los impuestos empresarial a tasa única y a los depósitos en efectivo.

Un atributo deseable que debiera cumplir todo sistema tributario es la sencillez. Entre menos complejo sea el diseño de los impuestos se vuelve más asequible para los sujetos obligados, lo cual se traduce en un mayor nivel de cumplimento, mayor recaudación y una distribución más equitativa de la carga fiscal entre los contribuyentes.

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Reforma Hacendaria para 2014 – Elimina IETU, IDE, Regímenes Fiscales y modificara IVA e ISR


El 8 de septiembre el Ejecutivo entregó al Honorable Congreso de la Unión el Paquete Económico para el 2014, la iniciativa de Reforma Hacendaria. La propuesta de Reforma Hacendaria también está orientada a mejorar la equidad del sistema tributario del país. Para ello, se acotan o eliminan tratamientos especiales, garantizando un trato equitativo a personas con capacidades contributivas similares, y se gravan los ingresos personales que se concentran en los sectores más favorecidos de la población.

La reforma propone la simplificación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresarial a través de una nueva Ley que elimina o acota los tratamientos especiales o regímenes preferenciales actualmente existentes. Con ello, se amplía la base del impuesto y se garantiza una contribución justa de todos los sectores de la economía al financiamiento de los programas de gasto público. Entre los regímenes y tratamientos especiales que se acotan o eliminan con la nueva Ley destacan:

  • La eliminación del Régimen Consolidado
  • La deducción inmediata de la inversión
  • El Régimen Simplificado
  • El Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción
  • El tratamiento de las ventas al plazos
  • La deducción de operaciones con partes relacionadas
  • La deducción del consumo en restaurantes
  • Entre otros

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Reglamento de la Ley Antilavado de Dinero en Mexico – Publicada en el Diario Oficial de la Federacion

lavadodinero thumb Disposiciones para las Instituciones de Crédito para evitar el Lavado de Dinero en México El dia de hoy 16 de agosto se publica el Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el presente ordenamiento tiene por objeto establecer las bases y disposiciones para la debida observancia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos.

El ejercicio de las facultades de las autoridades señaladas en la Ley que intervengan en la aplicación de esta y del presente Reglamento, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como las medidas, procedimientos y Reglas de Carácter General que se establezcan, estarán dirigidos a recabar elementos útiles para prevenir, investigar y perseguir los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los relacionados con estos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de esos recursos para su financiamiento.

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Propuesta de Reforma Energética 2013 – Basada en Reforma del Presidente Lázaro Cárdenas de 1938

El Presidente Enrique Peña Nieto, Presento la Iniciativa de Reforma Energética en la Residencia Oficial de Los Pinos. Durante el evento, el Presidente Peña afirmó que el objetivo de la reforma es hacer que la industria petrolera vuelva a ser el motor de crecimiento económico de México.

De acuerdo a la constitución política de los estados unidos mexicanos articulo 71, fracción 1 da a conocer puntos claves en los cuales habla sobre como consolidar un gran dinamismo y competitividad a sus economías, y poder crear un modelo de desarrollo el cual dará un gran progreso que beneficie a su población y así mismo poder tener un gran crecimiento económico y mayores beneficios.

El acceso incluyente a la energía permite a países dotados de recursos naturales como el nuestro, imprimir dinamismo y competitividad a sus economías, a fin de consolidar un modelo de desarrollo generador de progreso sustentable para su población. México no puede ser la excepción, y por ello, esta iniciativa de reforma constitucional en materia energética se sustenta en los siguientes ejes estratégicos:

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Modificación a la 3a Resolución de Modificaciones a la RMF para 2013 y sus Anexos 1, 1-A, 1-B y 3

El día de hoy se publico en la pagina del SAT la Modificación a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y sus Anexos 1, 1-A, 1-B y 3, en la cual debemos considerar cambios importantes, por ejemplo los motivos de cancelación de la FIEL o la no emisión de Facturas con CBB.

SAT / Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, pendiente de publicarse en el DOF

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.sat.gob.mx, Tercera Resolución de modificaciones a la RMF para 2013 y sus anexos 1, 1-A, 1-B y 3, pendiente de publicarse en el DOF, la cual contempla:

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Puntos Basicos que debes saber sobre la Ley Contra el Lavado de Dinero

La “Ley contra el lavado de dinero”fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de Octubre de 2012 y que tiene por objeto proteger la economía nacional y el sistema financiero, estableciendo medidas para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita; asimismo, esta Ley faculta a las autoridades para recabar datos e información que les permita investigar esos hechos y, en algunos casos, otros delitos.

Las principales actividades calificadas como tales son:

  • i) Las vinculadas a la práctica de juegos de apuesta, concursos o sorteos;
  • ii) La comercialización de tarjetas de crédito o prepago (como en el caso de las tiendas departamentales);
  • iii) La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios;
  • iv) La comercialización o distribución habitual profesional de vehículos nuevos o usados;
  • v) La subasta o comercialización habitual y profesional de obras de arte;
  • vi) La prestación habitual y profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos o usados, así como de bienes inmuebles; y,
  • vii) Préstamos o créditos como los otorgados por casas de empeño.

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Formatos del SAT que ya no se utilizaran a Partir del 1 de Agosto 2013 – 3ra Modificacion a la RMF 2013

Se publica en la pagina del SAT la Tercera Modificaciones a la Resolucion Miscelanea Fiscal para este 2013, la cual esta pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federacion

Se derogan a partir del 1 de agosto de 2013, las formas oficiales:

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Tercera Resolucion de Modificaciones a la RMF 2013 y su Anexo 1


A continuacion se transcribe la TERCERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2013 Y SU ANEXO 1, mas adelante se analizara y publicaran los detalles de esta modificacion.

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:

PRIMERO. Respecto del Libro Primero, se reforma la regla, I.3.16.2., primer párrafo y se deroga la regla I.2.3.1., cuarto párrafo, fracción I, pasando las actuales fracciones II y III, a ser I y II de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, para quedar de la siguiente manera:

Saldos a favor de personas físicas

I.2.3.1. ……………………………………………………

No podrán acogerse a la facilidad prevista en esta regla, los siguientes contribuyentes:

I. Personas físicas que hayan obtenido durante el ejercicio fiscal ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.

II. Aquéllos que opten por solicitar devolución de saldo a favor por montos superiores a $150,000.00.

……………………………………………………

CFF 18, 22, 22-A, 22-B, 23, RMF 2013 II.2.2.2.

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