Los siguientes son los capítulos en que se divide este reglamento:
- DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
-
DE LAS OBLIGACIONES
-
DE LAS ACTIVIDADES VULNERABLES
-
DEL ESTABLECIMIENTO DE ENTIDADES COLEGIADAS
-
DEL USO DE EFECTIVO Y METALES
-
DE LA RESERVA Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN
-
DE LAS EVALUACIONES
-
DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS
El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013, salvo por lo que se refiere a las atribuciones conferidas a la UIF y al SAT en este Reglamento, mismas que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Para acceder al reglamento puedes hacerlo desde el siguiente enlace: Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net