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CANCELAR RFC 2011 En qué casos debe cancelarse el RFC de una persona moral
Cuando la persona moral de que se trate se ubique en cualquiera de los siguientes casos:

  • Fusión de sociedades.
  • Liquidación total del activo de la sociedad.
  • Escisión de sociedades.
  • Cambio de residencia fiscal.
  • Cese total de operaciones (sólo para personas morales que por ley no entran en liquidación).

Qué personas morales deben cancelar el RFC
Entre otras, las siguientes personas morales que se ubiquen en alguno de los supuestos señalados:

  • Sociedades mercantiles.
  • Organismos descentralizados.
  • Instituciones de crédito.
  • Sociedades y asociaciones civiles.
  • Fideicomisos.

Cómo se cancela el RFC de una persona moral
Presentando el aviso correspondiente al motivo de su cancelación, conforme se indica más adelante en este documento.

Dónde se presenta el Aviso de cancelación al RFC de una persona moral
Lo debe presentar, con o sin cita, ante cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC).

Cuáles son los documentos básicos que se deben presentar en todos los avisos de cancelación al RFC de una persona moral

  • Original y copia de cualquier identificación oficial vigente del representante legal, con fotografía y firma, expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal.
  • Copia certificada y copia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta-poder en original y copia, firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.
  • Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, copia certificada y copia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales.

Para la presentación del aviso de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC, se deberá presentar la Forma oficial RX en dos tantos. Si quieres descargar la versión editable de esta forma puede ir al siguiente enlace:

Forma oficial RX

3 Comentarios

  • Antonio Colli dice:

    en el caso de extinsion de fideicomisos empresariales, hay un plazo para presentra la extincion del fideicomiso y en el caso que que me antañe la extincion tiene fecha de diciembre y esta en proceso de insricpcion en registro publico de la propiedad, y saldra ene l mes de mrazo , hay que presentar las obligaciones fiscales de pagos provisionales aque esta obligado, aun despues de su extincion.

    gracias.

  • LUIS DEPADIU dice:

    YA NO APARECE EL LINK DE ESTA DESCARGA DE FORMATO RX EDITABLE..SE LE AGARDECE SU RESPUESTA COLEGA

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