La disposición denominada Del Fomento al Primer Empleo, que tiene como fin incentivar la creación y fomento de nuevos empleos de forma inmediata y permanente que permitan el aumento de la productividad.
En este sentido, los patrones que contraten trabajadores de primer empleo (es aquel trabajador que no tenga registro previo de aseguramiento en el régimen obligatorio ante el IMSS, por no haber prestado en forma permanente o eventual un servicio remunerado, personal y subordinado)
A partir del segundo año de vigencia del artículo en cuestión, la deducción adicional será de 25%.
La vigencia de este Capítulo, será de 3 años.
Para que el patrón tenga derecho a realizar la deducción adicional, debe cumplir, entre otros requisitos con los siguientes:
– Inscribir en el IMSS a sus trabajadores de primer empleo.
– Determinar y enterar las cuotas obrero-patronales al IMSS.
– No tener adeudos por créditos fiscales firmes.
Para ocupar puestos de nueva creación tendrán derecho a una deducción adicional en el ISR que se determinará de la siguiente manera:
CALCULO PARA LA DETERMINACION DEDUCCION
Salario base de cotización al IMSS | |
X | Número de días laborados en el mes o en el año por cada trabajador |
= | Resultado |
– | Monto que resulte de multiplicar el resultado anterior por la tasa establecida en el artículo 10 de la LISR |
= | Resultado |
/ | Tasa del impuesto sobre la renta (artículo 10 LISR) vigente |
= | Resultado |
X | Deducción 40% |
= | Monto máximo de la deducción adicional aplicable |
Otras obligaciones:
– El monto de la deducción adicional sólo se aplicará a trabajadores que perciban hasta 8 veces el Salario Mínimo General Vigente, del área geográfica donde preste sus servicios el trabajador de que se trate.
– Cada puesto debe ser ocupado como mínimo 18 meses en forma continúa.
– Presentar, ante el SAT en el mes en el que inicien la aplicación de la deducción adicional, un aviso en el que manifiesten que optan por aplicar esta facilidad.
– Presentar bajo protesta de decir verdad a más tardar el día 17 de cada mes del año de calendario, información de los trabajadores contratados.

Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net