Llevar la Contabilidad por Internet en la Pagina del SAT – Reforma al CFF 2014 de la Iniciativa
Por otra parte, también se plantea reformar el artículo 30-A del código tributario, a efecto de eliminar la información que los contribuyentes deban proporcionar mediante declaración informativa, en virtud de que la autoridad contara con ella a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet.
Asimismo, la Iniciativa en estudio destaca la conveniencia de que se precise el alcance de la figura de contabilidad, que conceptualmente se define como un sistema de registro de ingresos y egresos, el cual es proporcionado sin costo alguno por la autoridad; de igual forma se explica que para las personas morales y físicas con actividad empresarial se propone la creación de un método electrónico estándar para la entrega de información contable, con el que se simplifique y facilite el cumplimiento, lo que atañe a 66% de los contribuyentes emisores de facturas aproximadamente.
Como serán las Notificaciones del SAT desde el Buzón Tributario en la pagina www.sat.gob.mx ?
agonzalezrodriguez@deloittemx.com
El pasado 14 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, que entró en vigor el 15 de agosto. A continuación se mencionan los temas más importantes: En relación con las notificaciones de los actos administrativos que realice la autoridad fiscal a los contribuyentes, se adiciona una regla señalando que las notificaciones electrónicas por documento digital se harán a través del Buzón Tributario disponible en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la opción Mi portal.
Requisitos de Facturación Electrónica para el CFDI 2014 – Iniciativa CFF Art. 29-A
Según la Iniciativa de la modificación al Código Fiscal de la Federación para 2014, se propone añadir en el penúltimo párrafo al artículo 29-A que se emitan los comprobantes fiscales digitales por Internet con las retenciones de impuestos. Entre otros cambios también se encuentra la de tener un elemento de control en las Facturas Electrónicas, se trata que cuando estas se paguen en una o en varias exhibiciones lo precisen dentro de la factura electrónica y en el caso de una sola exhibición se tendrá que emitir un comprobante fiscal de inmediato señalando el monto total de la operación y forma de pago.
A continuacion se transcribe como quedaria el articulo 29-A del Codigo Fiscal de la Federacion en dado caso de que se aprobara esta iniciativa (enfasis añadido):
Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
Cambios en Obligaciones al Emitir Facturas Electronicas en 2014 – Iniciativa CFF Art. 29
Entre los cambios en la Facturación Electrónica para 2014, también se encuentra la obligación de entregar o poner a disposición de sus clientes el comprobante fiscal una vez sellado por el SAT o por un PAC, eliminando así el plazo de 3 días siguientes en que se realice la operación.
A continuación se transcribe el Articulo 29 del Código Fiscal de la Federación sujeto a aprobación:
Obligacion de los contribuyentes ingresar al Buzón Tributario–Notificaciones de actos y tramites de la autoridad – Iniciativa CFF 2014
La iniciativa en estudio expone la necesidad de que el sistema tributario Mexicano avance en la simplificación administrativa con base en una filosofía de servicio que evite el excesivo formalismo, pero que a su vez fomente el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, a través del aprovechamiento de la tecnología.
Bajo ese contexto, el ejecutivo federal propone en la iniciativa que se dictamina la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado, buzón tributario, el cual, señala, no tendrá costo para los contribuyentes y será de fácil acceso, al tiempo que permitirá la comunicación entre estos y las autoridades fiscales. En dicho sistema se notificaran al contribuyente diversos documentos y actos administrativos así mismo, permitirá a este presentar promociones, solicitudes, avisos, o dar cumplimiento a requerimientos en la autoridad, por medio de documentos electrónicos o digitalizados, e inclusive realizar consultas sobre su situación fiscal y recurrir actos de autoridad, lo cual facilitara el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y redundara en beneficio del contribuyente.
Articulo 69-B CFF 2014 – Castigara el Uso Indebido de Comprobantes Fiscales en la Iniciativa de Reforma 2014
A continuación les dejo la transcripción de la iniciativa y del articulo 69-B que pretenden añadir al Código Fiscal de la Federación:
Señala la iniciativa sujeta a dictamen que una de las causas más dañinas y que más ha contribuido a agravar la recaudación fiscal, son los esquemas agresivos de evasión fiscal, por lo que es necesario eliminar o corregir los motivos que los originan por medio de mecanismos eficaces que permitan combatir frontalmente dicha circunstancia, por lo que se propone la adición del artículo 69-B al Código Fiscal de la Federación con el objeto de establecer un procedimiento para sancionar y neutralizar las prácticas de sociedades que realizan el tráfico de comprobantes fiscales, específicamente para quienes los adquieren, venden o colocan y quienes de alguna manera se benefician de este tipo de actividad ilegal que tanto perjudica al fisco federal.
Reglas y Lineamientos para el Outsourcing o Subcontratacion en Mexico
Por C.P.C. y M.D.F. José Antonio González Castro Miembro del Instituto Benemérito de Ciencias Jurídicas S.C. y Profesor de la Universidad del Valle de México, plantel Tlalpan Después de 42 años, la Ley Federal del Trabajo (LFT), que data de 1970, se modificó por Decreto Presidencial (Iniciativa preferente) el 30 de noviembre de 2012, para entrar en vigencia con fecha del primero de diciembre del mismo año. Es importante resaltar que, de acuerdo con el artículo tercero transitorio del decreto que modifica la LFT, el Ejecutivo Federal cuenta con un plazo de seis meses para la publicación del Reglamento, disposiciones que a la fecha del presente artículo no han sido publicadas. Además, las reformas a nuestra legislación laboral son en relación con lo dispuesto por el artículo 123 constitucional en su apartado “A”, el cual refiere que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo. El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, que regirán: [a] Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo, pero no aplican para las de los trabajadores al servicio del Estado.
Entre las reformas destacadas que se hicieron a la LFT están la equidad de las relaciones laborales y ampliar los lineamientos para la subcontratación, que existía desde 2009.