El Comprobante Fiscal con Código de Barras Bidimensional, conocido como CBB, es uno de los métodos más fáciles de utilizar entre las opciones aceptadas por el SAT en 2013. La mayoría de los contribuyentes —especialmente los nuevos— lo consideran su primera opción para emitir facturas, recibos de honorarios o notas de crédito. A continuación, presentamos las preguntas más frecuentes que el SAT recibe sobre los comprobantes impresos (factura en papel) con Código de Barras Bidimensional:
- ¿Quiénes pueden imprimir facturas en papel con CBB? Los contribuyentes que en el último ejercicio fiscal hayan declarado ingresos iguales o inferiores a $4,000,000.00 para efectos del ISR, sin importar el monto de cada comprobante, siempre que cumplan ciertos requisitos. También aplica para quienes inicien actividades y estimen ingresos iguales o inferiores a esa cantidad.
- ¿Qué debo hacer para expedir comprobantes impresos con CBB en 2013? Los contribuyentes que cumplan con los requisitos deben contar con Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente, solicitar al SAT la asignación de folios e imprimir el original y la copia del comprobante fiscal con el CBB generado por el SAT. La impresión puede realizarse por medios propios o mediante un impresor autorizado.
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- ¿Qué es el dispositivo de seguridad que se debe incluir en el comprobante fiscal impreso? Es un Código de Barras Bidimensional proporcionado por el SAT al autorizar los folios, el cual debe imprimirse en el comprobante con un tamaño mínimo de 2.75 x 2.75 cm y una resolución de 200 x 200 dpi.
- ¿Se debe solicitar un CBB por cada comprobante o se utiliza uno solo por rango? Si el contribuyente aplica lo previsto en la regla I.2.8.1.1 de la RMF 2013, solicita un rango de folios y el SAT le proporciona un solo CBB para ese rango, el cual deberá imprimirse en todos los comprobantes.
- ¿La autorización de folios es por cada folio o por rango? Se autoriza según las necesidades del contribuyente: puede ser individual o por rangos.
- ¿Por qué motivos puede el SAT no autorizar los folios? El SAT puede negar la autorización si el contribuyente no está activo en el RFC, si su domicilio está como no localizado o si el régimen fiscal no requiere emitir comprobantes con efectos fiscales.
- ¿Se mantienen los folios consecutivos previos a 2010? Al solicitar nuevos folios y CBB, el sistema autorizará folios que conserven el orden consecutivo llevado hasta la fecha.
- ¿El límite de $4,000,000.00 aplica a personas físicas y morales? Sí, esta facilidad aplica tanto a personas físicas como morales.
Conocer las reglas del SAT para emitir comprobantes con CBB ayuda a cumplir con las obligaciones fiscales de forma sencilla y económica. Este esquema sigue siendo una opción válida para contribuyentes con ingresos menores. Elegirlo puede representar un ahorro importante en sistemas y procesos de facturación.

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