El SAT desarrollo una herramienta que nos dice que es sencilla, intuitiva y fácil de usar, identifica al contribuyente de acuerdo con el tipo de ingresos y en el caso de los asalariados les presenta una opción prellenada, que solo tienen que revisar y si están de acuerdo enviar.
La aplicación tiene tres modalidades para quienes solo tienen ingresos por salarios y una para las demás personas físicas.
1 Modalidad con declaración propuesta, disponible también en dispositivo móvil
‒ Ingresos por salarios o bien, con intereses, cuando éstos son inferiores a mil pesos.
‒ Tienen un solo empleador.
‒ Tengan deducciones personales amparadas con factura electrónica que correspondan a:
- Gastos médicos.
- Gastos funerarios.
- Primas por seguros de gastos médicos mayores.
- Donativos.
- Colegiaturas.
– Tengan saldo a favor inferior a 10 mil pesos.
– Hayan presentado declaración anual por el ejercicio de 2013 o 2014.
2 Modalidad con precarga de ingresos y gastos.
‒ Esta modalidad aplica para el contribuyente que no recibió propuesta o no la aceptó.
‒ Permite que el contribuyente clasifique, del total de las erogaciones amparadas en una factura electrónica, las que son deducciones personales o bien, agregar aquéllas que no localiza, o que, por su naturaleza, no están amparadas en una factura (ejemplo; aportaciones complementarias de retiro, intereses reales).
‒ La declaración se llena en automático. La clasificación se hace desde el propio aplicativo. En los casos de erogaciones amparadas en una facrtua no es necesario que el contribuyente recurra a sus documentos impresos.
‒ Es necesario que haya presentado declaración por el ejercicio de 2013 o 2014.
3 Modalidad declaración sólo con precarga de ingresos.
‒ Pre llena sólo los ingresos
‒ La captura de las deducciones personales es libre. Es una versión ya conocida; fácil de llenar.
‒ Está disponible en dispositivo móvil.
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4 DeclaraSAT.
- Aplica para las personas que tienen ingresos distintos de salarios o salarios combinados con otra actividad.
- Se precargan los ingresos por salarios o asimilables, pagos por separación, servicios profesionales y arrendamiento (cuando la persona física el prestó este tipo de servicio a una moral) e intereses.
- La captura de las deducciones personales es libre.
Información Adicional para el Envió de la Declaración Anual 2015
En todos los casos se precargan las cuentas bancarias, cuando éstas han sido confirmadas por las instituciones de crédito.
La declaración prellenada es una realidad por primera vez en la historia de la administración tributaria en México y obedece al uso de esquemas tecnológicos como la factura electrónica y a la confianza mutua entre contribuyente y autoridad tributaria.
Todos los contribuyentes que reciben ingresos por salarios pueden presentar la declaración anual y si tienen deducciones personales, tiene la opción de solicitare la devolución del saldo a favor del impuesto sobre la renta.
En el caso de las personas físicas cuyos ingresos provienen de arrendamiento, intereses, actividad empresarial, también pueden utilizar el DeclaraSAT para presentar la declaración. Es importante recordar que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, no estás obligados a presentar la declaración.
Las personas físicas pueden obtener una devolución de impuestos al presentar deducciones personales en su Declaración Anual, como gastos médicos, hospitalarios, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, donativos, entre otros, y si tienen saldo a favor deben confirmar o agregar su cuenta Clabe y el nombre de su banco.
Los contribuyentes que les resulte saldo a cargo pueden obtener su línea de captura y pagar en ventanillas bancarias o directamente por internet con cargo a su tarjeta de crédito o débito, o bien optar por pagar hasta en seis parcialidades sin necesidad de garantizar el interés fiscal.
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Buenas tardes:
¿Debo presentar declaración con un ingreso de $ 240,000 anuales? no tengo deducciones …¿.existe el riesgo de que salga negativo y tenga que pagar? puedo hacer el calculo y ver que sale sin que sea directamente en la pag del SAT? El año pasado no la presenté…puedo enviarla este año aunque sea extemporánea o no es conveniente por algun recargo?
Muchas gracias
Me gusta mucho su página, he aprendido mucho y he invitado a otros compañeros en el trabajo para que la consulten, Felicidades . Saludos
Hola Laura
Muy buenas tus preguntas, debes presentar tu declaracion si rebasas los 400 mil pesos y puedes presentarla si los rebasas (debes avisar a tu patron). Si no tienes deducciones y trabajaste todo el año con tu patron es probable que tu diferencia sea minima (a pagar o a favor).
Puedes acercarte a un contador para que te asesore sobre cuanto podria darte a pagar o a favor. Si puedes enviar tu declaracion o declaraciones por presentar, como tu dijiste (extemporanea) y es conveniente para evitar la multa que seguramente es mayor a los recargos que pagarias en dado caso de que te de a pagar.
Muchas gracias por recomendar a ContadorMx 😀
Saludos
muy buena informacion;bien explicada y oportuna. muchas gracias!!
Hola Salvador, gracias por tu comentario.
Saludos