Es importante que tu sistema de Facturación Electrónica ya cuente con el Catalogo de Métodos de Pago vigentes. Ya que hace algunos días se publicó en el SAT la 2da modificación a la RMF 2016 la cual contiene la regla 2.7.1.32 que habla cuales son los “Métodos de Pago” que se deberá poner en el Comprobante Fiscal Digital por Internet.
A partir del 15 de julio debes asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo:
Clave | Descripción |
01 | Efectivo |
02 | Cheque nominativo |
03 | Transferencia electrónica de fondos |
04 | Tarjeta de crédito |
05 | Monedero electrónico |
06 | Dinero electrónico |
08 | Vales de despensa |
28 | Tarjeta de débito |
29 | Tarjeta de servicio |
99 | Otros |
Fundamento legal: artículo 29-A, fracción VII, inciso c, del Código Fiscal de la Federación y regla 2.7.1.32 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.
Sistema de Facturación con Métodos de Pago
Si utilizas algún sistema de facturación que aún no contenga este “Catalogo de Métodos de Pago” será mejor que busques uno que si tenga pensado incorporarlo. Al día de hoy todo continua como antes, pero a partir del 15 de julio de 2016 será mejor que cuentes con un sistema de facturación que si contenga estas modificaciones.
Para esto te recomiendo pruebes nuestras soluciones en facturación electrónica las cuales ya cuentan con este catálogo (como puede ver en la siguiente imagen).
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SI MI CLIENTE TIENE DOS CUENTAS BANCARIAS Y ME REALIZA TRANSFERENCIAS Y NO SE CON CUAL CUENTA BANCARIA ME VA A PAGAR PUEDO PONER LOS DOS NUMEROS DE CUENTA O QUE TENDRIA QUE HACER SI NO SE CON CUAL CUENTA ME VAN A PAGAR
¿QUE PONDRIA EN FORMA DE PAGO?
Si sabes que te pagará con transferencia anotarás 03 Transferencia electrónica de fondos. En el campo de los números de cuenta puedes no anotar ningún dato, no es requisito.
Y los pagos recibidos con tarjeta de debito, en que clasificación caen??
28 Tarjeta de débito
Gracias por la información
Tengo una duda con respecto al codigo 99 – Otros cuando aplicaría este metodo o codigo?
me gustaria adquirir el sistema de facturacion doy servicio administrativo y contable o como poder ser yo distribuidor asi como me interesa saber sobre el programa de nomina.
Hola Griselda, gracias por su interés en el programa. Para obtener mas informacion favor de ir a la página: https://contadormx.net/ donde encontrara los programas de facturación e informacion de afiliados.
Saludos
Buen día. Si se requiere pagar con dos Métodos de Pago, ¿como le puedo hacer para ponerlos? Si en el recibo de nómina se paga una parte en efectivo y otra parte con Vales de Despensa, ¿como se le hace? Gracias.
´Tu nómina la pagas en efectivo, por lo que de verás anotar 01 Efectivo. El pago de vales es parte de la previsión social que otorgas, no una forma de remunerar a tus empleados.
La clave 08 Vales despensa aplica cuando, por ejemplo, tus empleados van a una tienda de autoservicio y pagan con los vales que les das.
Cabe mencionar que los vales no son una prestación deducible; en vez de ello debe darse monederos electrónicos.
Si mi cliente me paga con transferencia electrónica, pero no se de que cuenta bancaria me va a pagar, como lo voy a aplicar aquí?
y como anotar NA ya que la regla lo permite.
Pues la clave del catalogo solo es obligatoria para incisos a b y c de la propia regla
La anotación de la clave puede hacerse manualmente. Por otro lado, cabe mencionar que sólo en los establecidos en la regla citada aplica este catálogo; en los demás casos se puede continuar anotando N/A o alguna leyenda análoga
Entiendo que esta modificación no aplica para quien recibe el pago, por ejemplo las personas fisicas que trabajan por honorarios y que emiten factura a su patron para la recepción de su pago quincenal o mensual (factura de ingresos)?
Si me van a pagar con un deposito bancario, ¿Qué método de pago corresponde?
Gracias