La CONDUSEF da consejos a los trabajadores que recibirán este 2012 reparto de utilidades, también informa de quien tiene derecho a la participación de los trabajadores en las utilidades y los plazos que se deben de considerar para el pago por parte del patron.
QUIEN TIENE DERECHO A PTU?
Para ser candidato a recibir reparto de utilidades, debes haber laborado en una empresa privada durante al menos 2 meses en el año 2011. Algunos puestos administrativos, gerentes, directores y socios pueden estar exentos de recibir este pago.
CUANDO SE PAGAN LAS UTILIDADES?
El pago de utilidades, se debe realizar en un periodo no mayor a 60 días a partir de que la empresa o patrón haya presentado la declaración de impuestos ante el SAT, con lo que los plazos para pago de reparto de utilidades (cuando sea el caso) son entre el 1° y 30 de mayo para personas morales y del 1° de mayo al 29 de junio cuando el patrón sea una persona física, incluyendo en éstas a aquellas Pymes que operen bajo esta figura.
A partir de que el reparto de utilidades, es un ingreso excepcional, dado que no necesariamente es algo que vas a recibir cada año, y dado que ese importe a recibir es algo independiente de tu ingreso (ordinario) quincenal, mensual o incluso anual; busca opciones (especiales) que te den el mayor beneficio.
CONSEJOS DE QUE HACER CON EL REPARTO DE UTILIDADES
Si eres candidato a recibir este ingreso, CONDUSEF, te recomienda que analices opciones para que obtengas el máximo beneficio:
- Si con el importe a recibir, logras liquidar o avanzar significativamente con el pago de alguna(s) deuda (s), liquida ese pasivo y libérate.
- Uno de las mejores opciones para obtener elevados rendimientos a tu favor en el largo plazo, es realizar aportaciones voluntarias a tu cuenta de retiro. Recientes estudios del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), señalan que si no se ahorra lo suficiente, 20% de los adultos mayores enfrentarán una situación precaria durante su vejez. En este tema, el reparto de utilidades y todo aquel ingreso excepcional que llegues a tener, puede resultar de gran utilidad para prever o mejorar tu plan de retiro.
Dependiendo de la Afore en que te encuentres registrado y de la Siefore que te corresponda, puedes obtener rendimientos entre un 5 y 16%. CONDUSEF te recomienda verifiques en qué Afore te encuentras registrado, compares rendimientos y en su caso, cambia de Afore a
Fuente: CONDUSEF
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Que tal. soy ex empleado de banjercito. Estaba como eventual,entre en junio del 2010 y se termino la relacion laboral el 29 de febrero del 2012. Tengo entendido que para tener derecho a las utilidades debo tener minimo 60 dias laborados del año que pretendo recibir las utilidades. Mi pregunta es en el 2013 tengo derecho a que se me entreguen las utilidades proporcionales al 2012?
Hola Ramón, en este caso las utilidades de 2010 se pagan en 2011, las de 2011 en 2012 y así sucesivamente, saludos