Si te descuentan o retienen algún concepto que tu no estés de acuerdo que te descuenten, puedes consultar el siguiente articulo el cual nos da una idea de cuales son los UNICOS conceptos por los cuales en nuestro trabajo nos pueden descontar directamente de nomina.
De acuerdo con el artículo 110 de la LFT, únicamente podrán realizarse descuentos al salario por los conceptos siguientes:
1. Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al trabajador, errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento. La cantidad exigible en ningún caso podrá
ser mayor del importe de los salarios de un mes, y el descuento será el que convengan el trabajador y el patrón, sin que pueda ser mayor de 30% del excedente del salario mínimo.
2. Pago de rentas (cuando el patrón dé en arrendamiento habitaciones a los trabajadores; lo anterior conforme al artículo 151 de la LFT).
3. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Infonavit.
4. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro, siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad y que no sean mayores de 30% del excedente del salario mínimo.
5. Pago de pensiones alimenticias en favor de la esposa, hijos, ascendientes y nietos, decretado por autoridad competente.
6. Pago de las cuotas sindicales.
7. Pago de abonos para cubrir créditos garantizados por el Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
Por otra parte, los artículos 98 y 99 de la LFT precisan que el trabajador puede disponer libremente de su salario y que dicha percepción es irrenunciable.
Artículo 98.- Los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios. Cualquier disposición o medida
que desvirtúe este derecho será nula.
Artículo 99.- El derecho a percibir el salario es irrenunciable. Lo es igualmente el derecho a percibir
los salarios devengados.
He oído que algunas empresas descuentan a sus trabajadores las posadas, material de trabajo, herramientas, uniformes, etc… Así que hay que estar informado al respecto para que no suceda.
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La compra de uniformes debería de correr por cuenta de la empresa a mi gusto