Estamos en la temporada más relajada de la contabilidad, y quizá tú, al igual que yo, estás pensando cómo cerrarán las empresas de las que nos encargamos en lo contable y fiscal.
Este artículo trata sobre los puntos a considerar en el cierre fiscal, un tema delicado del que se desprenden muchas situaciones que el próximo año repercutirán en nuestra labor, ya sea con carga laboral o con problemas de entendimiento con el cliente, que es lo que menos deseamos.
Las deducciones autorizadas
- Pagos diversos y donativos: Si tuviste erogaciones en el año y el cheque no se ha cobrado a diciembre del mismo, solo serán deducibles los cuatro meses siguientes. Estos serían los pagos que a su vez son ingresos para: Personas Físicas, Régimen Simplificado, Sociedades y Asociaciones Civiles (donatarias autorizadas), Suministro de Aguas Potables o Recolección de Basura Doméstica.
- Pagos anticipados: Se deberán conciliar los pagos por Seguros y Fianzas y las Rentas Pagadas por Anticipado, contablemente se aplicarán a resultados conforme se devengan los servicios y se obtenga el beneficio.
- En la previsión social: Que a lo largo del año se haya entregado en forma generalizada para trabajadores sindicalizados y no sindicalizados.
Reducción de pagos provisionales
- Quienes hayan obtenido autorización para disminuir los pagos provisionales de ISR deberán hacer un recálculo de los mismos, considerando los datos de la declaración actual, y en caso de existir una desviación, se deberán cubrir los recargos.
Las que afectan a resultados
- La ganancia acumulable o la pérdida deducible de las operaciones financieras derivadas referidas al tipo de cambio de una divisa se determinará al cierre de cada ejercicio, aun en el caso de que la operación no haya sido ejercida en virtud de que su fecha de vencimiento corresponde a un ejercicio posterior.
- Las pérdidas se actualizarán por el periodo comprendido desde el mes en el que ocurrieron y hasta el mes de cierre del mismo ejercicio.
- Determinarán el saldo promedio anual de sus deudas y el saldo promedio anual de sus créditos (ajuste anual por inflación deducible o acumulable).
La deducción inmediata
- Se podrá optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo (se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México), en lugar de las previstas en los artículos 37 y 43 de la LISR.
- La deducción inmediata no podrá ejercerse cuando se trate de: Mobiliario y equipo de oficina, Automóviles y equipo de blindaje de los mismos, Activos fijos no identificables individualmente, aviones distintos a los de la aerofumigacion agrícola.
- Solo se puede ejercer cuando se trate de inversiones que se utilicen permanentemente en territorio nacional y fuera de las áreas metropolitanas del D.F., Guadalajara y Monterrey.
- Solo se podrá aplicar dicha deducción cuando la empresa no requiera del uso intensivo del agua en sus procesos, usen tecnologías limpias en cuanto a los contaminantes que emiten u obtengan constancia anta la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Costo de ventas
- La mercancía que pierde su valor: Se podrá deducir el importe de las mercancías, materias primas y productos semiterminados en existencia que por deterioro y otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor.
- Tratándose de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud, se debe proceder a su donación a las instituciones autorizadas antes de su destrucción.
- Las adquisiciones de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados podrán deducirse dentro del costo de ventas aun cuando no estén efectivamente pagadas.
De la extinción de obligaciones con acreedores
- Confusión: Cuando en una sola persona concurren las calidades de acreedor y deudor de la misma obligación.
- Compensación: Se es cliente y proveedor a la vez.
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Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
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