Calculo de ISR de Personas Morales en 2017 – Acumulación de Ingresos efectivamente cobrados!

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Las Personas Morales con menos de 5 millones de ingresos al año podrán acumular sus ingresos y poder deducir las compras que efectivamente fueron pagadas, para en base a eso se realice el cálculo del ISR. La SHCP publico el paquete económico 2017 donde propone el beneficio para simplificar el calculo del ISR para las Personas Morales en 2017.

Esta propuesta abarca los beneficios anteriormente expuestos incluyendo:

  • La eliminación del cálculo del ajuste anual por inflación y la aplicación del coeficiente de utilidad en el cálculo del ISR.
  • El beneficio solo lo podrán tener las Personas Morales que las constituyan Personas Físicas que no formen parte de alguna otra sociedad.
  • Los pagos de una persona moral a este tipo de personas morales con beneficio podrán deducir hasta que este efectivamente pagados.

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Costo de Ventas y su analisis Fiscal en la Contabilidad Electronica

costo de ventas fiscalAutor: LCP Víctor Hugo Aguayo Becerra

El 1ro de enero de 2004 entró en vigor la reforma a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) que incluyó entre otros aspectos para Personas Morales que tributan en Título II de la Ley, el cambio en la deducción de la adquisición de mercancías a la deducción del costo de lo vendido. Se incluyeron en esa reforma 9 artículos a la Ley (45 A al 45 I) los cuales no se modificaron hasta la reforma que entro en vigor el 1 de Enero de 2014 dejando ahora solo 5 artículos (39 al 43).

“No existe un buen impuesto. Una nación que intente prosperar a base de impuestos es como un hombre sentado en un cubo que intente desplazarse tirando del asa“

Sir Winston Churchill

Esto se hizo, a pesar a que de acuerdo a la resolución sobre estos temas que se dio entre 2005 y 2007 por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que señaló lo siguiente:

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Puntos a considerar al Cierre del Ejercicio Fiscal Personas Morales

oficina Estamos en la época que se podría decir mas relajada de la contabilidad y me imagino que tu como yo estas pensando en como cerraran las empresas de las que nos encargamos fiscal y contablemente. Pues este articulo trata de lo que personalmente serian Los Puntos a Considerar en el Cierre Fiscal, es un tema muy delicado ya que de hay se desprenden muchas cosas que el próximo año nos repercuten ya sea con mas carga laboral o problemas de entendimiento con el cliente que es lo que menos queremos.

Para iniciar podría decir que principalmente debemos de revisar:

Las Deducciones Autorizadas

  • Pagos Diversos y Donativos: Si tuviste erogaciones en el año y el cheque no se ha cobrado a diciembre del mismo solo serán deducibles los 4 meses siguientes. Serian los pagos que a su vez son ingresos para: Personas Físicas, Régimen Simplificado, Sociedades y Asociaciones Civiles (donatarias autorizadas), Suministro de Agua Potables o Recolección de Basura Domestica.
  • Pagos Anticipados: Se deberán de conciliar los pagos por Seguros y Fianzas y las Rentas Pagadas por Anticipado, contablemente se aplicaran a resultados conforme se devengan los servicios y se obtiene el beneficio.
  • En la Previsión Social: Que a lo largo del año se haya entregado en forma generalizada para trabajadores sindicalizados y no sindicalizados.

Reducción de Pagos Provisionales

  • Quienes hayan obtenido autorización para disminuir los pagos provisionales de ISR, deberán hacer un recalculo de los mismos considerando los datos de la declaración actual y en dado caso de existir una desviación se deberá cubrir los recargos.

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