Pool de Especialistas en Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México
C.P. y P.C.FI. Jorge Luis Confalonieri Herrero, Presidente
confajo@gmail.com
El 19 de marzo de este año, se presentó una iniciativa de ley en la cual se propone reformar el artículo 27 y derogar del artículo 32 de la Ley del Seguro Social (LSS). El 25 de abril la Cámara de Diputados aprobó la propuesta y fue enviada a la de Senadores, donde quedó pendiente su aprobación. En su exposición de motivos, uno de los objetivos es homologar el Salario Base de Cotización (SBC) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los ingresos gravados para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) con la finalidad de hacer similares ambas bases gravables.
Consideramos que el objetivo principal de esta reforma es incrementar los recursos del IMSS. Como es sabido, esta institución tiene problemas económicos serios, principalmente porque sus recursos no han sido canalizados adecuadamente para los fines que fue creada.
Sin embargo, en lugar de corregir su situación interna detectando y eliminando las fugas de sus recursos económicos, se busca que, mediante esta reforma, se incrementen sus recursos, con el impacto negativo directo para los patrones y trabajadores, que son cautivos y que en términos generales cumplen adecuadamente con esta obligación social.
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Propuesta de reforma
De manera muy general, los cambios que se plantean son los siguientes:
- Se adecuó el concepto de bienes que se proporcionan a los trabajadores, estableciendo que no forman parte del SBC, sino solo aquellos que están afectos al ISR.
- Se establece que si el fondo de ahorro no está exento del ISR para los trabajadores, por no cumplir requisitos establecidos en la LISR, tanto de forma como de fondo, este concepto deberá ser parte integrante del SBC.
- Precisa que si las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez que le corresponda cubrir al patrón no están exentas del ISR, formarán parte del SBC.
- Establece que si las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) no son ingresos para el trabajador para efectos del ISR, no formarán parte del Salario Base de Cotización.
Quizá uno de los cambios más relevantes e impactantes es que el pago a los trabajadores de la participación en las utilidades de las empresas no forma parte del SBC, solo por el equivalente a 15 días de salario mínimo del área geográfica del trabajador, siendo que actualmente no integra esta base 100% de este concepto.
- Se pretende que la alimentación y la habitación que se entregue en especie, se consideren parte del SBC, solo si estos conceptos están gravados para efectos del ISR.
- Establece que no son parte del SBC las despensas en especie o en vales, hasta por el monto equivalente a 40% de un Salario Mínimo General diario del Distrito Federal, elevado al periodo de pago que corresponda.
- Incorpora los premios por asistencia y puntualidad a la base del SBC.
- Establece que las cantidades aportadas por el patrón para constituir fondos de algún plan de pensiones otorgado por el mismo o derivado de contratación colectiva, no integra hasta por el monto en que dichas cantidades se encuentren exentos, o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador para los efectos de la LISR.
- Acota la no integración al SBC, en relación con el tiempo extraordinario, remitiendo a las reglas de ISR la determinación de la parte exenta que no integrará este concepto.
Reflexiones
Si bien esta reforma podría en un futuro incrementar la pensión de los trabajadores, es importante mencionar que no existe una verdadera homologación, ya que hay conceptos que, para efectos de la determinación del ingreso exento para el pago de ISR de los trabajadores, tienen un tratamiento más benéfico que el que establece la reforma para determinar el SBC.
Asimismo la redacción de las nuevas disposiciones en muchos de los casos es ambigua y contradictoria, pues se pretende integrar al SBC conceptos que no son ingresos para los trabajadores para efectos de la LISR, lo que puede crear confusión cuando se determinen los conceptos para el SBC.
La propuesta planteada sin duda afectará a los contribuyentes cautivos sin tocar a los informales.
Muy probablemente muchas medianas y pequeñas empresas pensarán en la informalidad como una forma de eludir el pago de las contribuciones que son tan onerosas y que afectan negativamente su sustentabilidad.
Si se aprueba en definitiva esta reforma afectaría directamente los costos de los contribuyentes, y estaría en contra de fomentar el empleo, porque los haría más costosos. Lo que necesita el país es generar empleos, más no poner trabas para su crecimiento.
Por otro lado, el aumento en las cuotas a los trabajadores, si bien les podría beneficiar en un futuro para recibir una pensión mayor, en el corto plazo disminuirá su poder adquisitivo y seguramente les generará problemas laborales con los patrones por buscar apoyo.
El incremento en los costos generará incremento en los precios y podría fomentar una mayor importación de productos de menor precio, así como una creciente inflación. Otro de los efectos negativos sería en la industria maquiladora, cuyo principal costo es la mano de obra, que podría buscar mejores alternativas en otros países, como ha sucedido.
En general, consideramos que esta reforma es eminentemente recaudatoria y perjudicial para el sector productivo del país. Al final repercutirá en los precios de los productos que se venden a personas que tendrán menor poder adquisitivo, y posiblemente afectará el crecimiento económico del país.
Aunque sabemos de las diversas necesidades de ingreso del IMSS para cumplir con compromisos presentes y futuros, lo más conveniente sería, primero, hacer una depuración interna de las finanzas del Instituto, en la que se revise a fondo las salidas de efectivo, uso inadecuado del presupuesto, así como las prestaciones que tienen sus trabajadores (una de las causas que ha llevado a la situación actual). Por eso es importante mencionar que esta improductividad no tiene por qué repercutir en los contribuyentes.
Es importante plantear un propuesta fiscal profunda e integral, que logre que el Gobierno incremente su recaudación, que permita financiar en forma sostenida la Seguridad Social y al mismo tiempo realizar los ajustes de fondo dentro del IMSS en lugar de buscar caminos fáciles como es el incremento del SBC.
Fuente: Revista Veritas Julio 2013
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