La obligación de emitir los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con la nueva versión 3.3, cambia del 1ro de julio de 2017 al 1ro de diciembre de 2017, esta facilidad también aplica para el uso del complemento para pagos. Para la cancelación de los CFDI desde buzón tributario con aprobación del receptor, el inicio de aplicación se dará hasta el 1ro de enero de 2018.
El SAT está dando la facilidad similar a la que dio con el CFDI de Nómina 1.2, pero con la diferencia de que no se tendrá que retimbrar el comprobante con la nueva versión una vez terminado el periodo de la facilidad; es por eso que se considera una prórroga y no una facilidad la que da el SAT a los obligados.
Para los contribuyentes y PAC`s que si han hecho su tarea, implementando la versión 3.3 en sus sistemas de facturación; podrán emitir los CFDI con la versión 3.3 desde el 1ro de julio de 2017 y también utilizar el complemento para pagos solo con dicha versión de forma opcional (hasta el 30 de noviembre de 2017).
Si al 1ro de julio de 2017 no cuentan con la implementación, podrán en cualquier momento entre el 1ro de julio de 2017 y el 30 de noviembre emitir los CFDI con la versión 3.2 y 3.3.
Facilidades en materia de factura electrónica.
El Servicio de Administración Tributaria informó a través de su canal de comunicación , los siguientes 5 puntos referentes a la implementación del CFDI 3.3, Complemento para Pagos y cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet desde el Buzón Tributario:
- Conforme a lo previsto, a partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.
- A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.
- La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017.
- El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.
- En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades.
Conclusión:
Esta es una muy buena noticia para todos los contribuyentes obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, pero es necesario continuar implementando estos cambios en los sistemas de facturación para cumplir con la autoridad en materia de expedición de CFDI`s.
Los contribuyentes deben considerar que el cambio al nuevo CFDI 3.3 conlleva mas tiempo que la version 3.2, por lo que es recomendable empezar a utilizar la nueva versión cuanto antes y así el 1ro de diciembre ya pueden emitir las facturas electrónicas sin errores ni contratiempos.
Fuente: Comunicado del SAT
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Era obvio, nadie tiene aun desarrollados al 100% los cambios necesarios en sus sistemas de facturación, yo hasta el momento, no he encontrado una sola factura versión 3.3, no las conozco todavía. En el mismo portal del SAT, los CFDI que se generan siguen siendo versión 3.2.
buen dia,
Tengo una duda ,en el punto 3, respecto al complemento de pagos, dice que sera opcional «SOLO» si se tiene la versión 3.3??? osea que si tengo version anterior, es obligatorio??
Gracias y buen día
No. lo que está diciendo es que con la versión 3.2 no se usa el «complemento para pagos»
Buenas tardes:
Solo quisiera confirmar si entendi bien ya que es mi caso, ya comence a realizar mis CFDI version 3.3 ¿aun tengo la opcion de empezar a realizar el complemento de recepcion de pagos hasta el 1 de Diciembre 2017? es correcto?
Cancelación de un complemento de pago. (No de la factura CFDI)
Si yo emito un complemento de pago CFDI con información erronea (Puede suceder un error de captura en el monto)
¿Bajo qué condiciones o reglas se puede cancelar dicho complemento de pago CFDI?