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Esta es una nueva opción de pago para las personas físicas, aplicable también a los impuestos generados en la Declaración Anual. Como mencionamos en un artículo anterior, es una alternativa que debe evaluarse cuidadosamente, sobre todo si se trata de cantidades elevadas, ya que puede afectar tu capacidad de endeudamiento.

Al pagar con tarjeta de crédito, el impuesto se considera cubierto en el momento de realizar la transacción. Sin embargo, el límite de pago dependerá del crédito disponible en tu tarjeta.

Se aceptarán como medio de pago de contribuciones federales y sus accesorios tarjetas de crédito o débito emitidas por instituciones bancarias autorizadas como auxiliares por la TESOFE, y conforme a las modalidades que se publiquen en el portal del SAT.

Para realizar el pago mediante este método, solo se aceptarán tarjetas emitidas por instituciones autorizadas por la Tesorería de la Federación (TESOFE). Es importante verificar los bancos participantes y sus condiciones.

De acuerdo con la información disponible en la página del SAT:

  • BBVA Bancomer permite realizar pagos tanto en línea como en ventanilla bancaria.
  • BANAMEX acepta estos pagos exclusivamente en ventanilla bancaria.
   

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