Plazo para entregar constancias de retenciones a personas físicas

Publicado Actualizado por ContadorMx 1 min de lectura
 

A más tardar en febrero de 2011 debes entregar a los trabajadores las constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas. Dichas constancias se generan mediante el programa DIM en los siguientes anexos:

Anexo 1. Información anual de sueldos y salarios y conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio al empleo. En su caso, se puede utilizar la forma oficial 37. Debe contener sello y firma del empleador que la imprime.

Anexo 2. Información sobre pago de retenciones de ISR, IVA y IEPS (pagos por honorarios, arrendamiento de inmuebles, entre otros). En su caso, se puede utilizar la forma oficial 37-A.

Anexo 4. Información sobre residentes en el extranjero.

Los retenedores deben asentar en la forma oficial 37 o en el anexo 1 emitido por el programa DIM una leyenda con los siguientes datos:

  • La fecha en que se presentó la DIM ante el SAT
  • El número de folio o de operación asignado a dicha declaración
  • Manifestación sobre si se realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que se entrega la constancia

Comentario final

Recuerda que la entrega oportuna de estas constancias es indispensable para que las personas a quienes hiciste pagos puedan presentar su declaración anual a tiempo y, en su caso, obtener la devolución de saldos a favor de ISR que lleguen a determinar.

Calculadora ISR 2026 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2026 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

Deja un comentario

CONTADORMX

Mantente actualizado sin perder tiempo buscando información

Recibe directamente en tu correo información práctica para el contador en México.

  • Actualizaciones fiscales y contables
  • Herramientas y recursos prácticos
  • Información para facilitar tu trabajo
No hemos podido validar tu suscripción.
Se ha realizado tu suscripción.