Skip to main content

Veracruz Para el Pago de la Tenencia en el Estado de Veracruz se otorga un subsidio del 100% del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, causado en los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, a las personas físicas propietarias de vehículos o automóviles cuyo valor exceda de $230,000.00, este subsidio lo pueden aplicar los según el siguiente decreto:

D E C R E T O Número 277

QUE AUTORIZA AL EJECUTIVO DEL ESTADO A OTORGAR UN SUBSIDIO DEL 100% A LAS PERSONAS FÍSICAS CAUSANTES DEL IMPUESTO ESTATAL SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA LOS EJERCICIOS FISCALES 2012 AL 2016

Artículo Primero. Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, otorgue un subsidio del 100% del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos (IESTUV), causado en los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, por los automóviles (autos, camiones y ómnibus) propiedad de personas físicas que residan en la Entidad, siempre que se cumpla con las siguientes condiciones:

I. Que al momento de aplicar el beneficio, el vehículo se encuentre dado de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes.
II. Que el valor total del vehículo, entendiéndose éste como el precio de enajenación del fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado, importador, empresas con registro ante la Secretaría de Economía del Gobierno Federal autorizadas para importar autos usados, o comerciantes en el ramo de vehículos, según sea el caso, al consumidor; incluyendo el equipo que provenga de fábrica o el que el enajenante le adicione a solicitud del consumidor, así como las contribuciones que se deban pagar con motivo de la importación a excepción del Impuesto al Valor Agregado, no rebase los $230,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100 M. N.).
III. Que el propietario del vehículo realice oportunamente y en el ejercicio respectivo, el pago de los derechos de control vehicular a su cargo, en términos de lo señalado en el Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo Segundo. Para los efectos del artículo anterior, el Ejecutivo del Estado, a través del Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, incorporará las previsiones necesarias en los Anteproyectos de Presupuesto de Egresos para los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, en términos de lo que establece la legislación aplicable.

Artículo Tercero. El beneficio del presente Decreto será aplicable únicamente al monto del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos correspondiente a los ejercicios fiscales 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, no así a otras contribuciones, accesorios o conceptos diversos.

En caso de no cumplirse con los requisitos previstos dentro del presente Decreto, el beneficio a que el mismo se refiere será inaplicable en el correspondiente ejercicio.

Pago de la Tenencia en el Estado de Veracruz por Internet

Para acceder al servicio del pago de la Tenencia en el Estado de Veracruz es importante que usted cuente con el numero de placas y numero de serie de su vehículo, después acceder al siguiente en lace para realizar el pago en la Oficina Virtual de hacienda de Veracruz: Pago de la Tenencia en el Estado de Veracruz

pago de tenencia veracruz

Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

Preguntas Frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (Nivel Federal)

¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código