Para el pago de tenencia en el Estado de Tlaxcala podrán aplicar el programa “Ahórrate la Tenencia” que estará vigente hasta el próximo 30 de abril, por lo que los propietarios de las unidades automotoras con valor de factura de hasta 350 mil pesos aún podrán acceder a los beneficios de este esquema y pagar sin recargos. Para efectos de los artículos 97-A y 97-B del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, los propietarios, tenedores o usuarios de vehículos automotores, cuyo valor total del vehículo sea hasta por un monto de $ 350,000.00/100 M.N., calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0%.
Para los casos en que el valor total del vehículo, sea superior a la cantidad referida en el párrafo anterior, el impuesto se calculará sobre la diferencia obtenida entre el valor total del vehículo y la cantidad de $ 350,000.00/100 M.N., aplicando los procedimientos establecidos en la Sección II o III, del Capítulo I, del Título Cuarto, del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, según sea el caso (art. 24 de la Ley de Ingresos de Tlaxcala)
Como Realizar el pago de la Tenencia en el Estado de Tlaxcala por Internet?
Para hacer el pago de tenencia por internet tendrá que cumplir con los siguientes requisitos:
- Su vehículo debe estar dado de alta en el padrón vehicular del estado de Tlaxcala
- Estar al corriente en sus pagos (haber pagado tenencia 2007).
- Contar con tarjeta de crédito o débito de cualquier banco o ser cuenta-habiente Bancomer
- Acceder al siguiente enlace: Pago de Tenencia en el Estado de Tlaxcala
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Preguntas Frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (Nivel Federal)
¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

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