El pago de Tenencia para el Estado de Morelos esta exento, incluso el impuesto que aplicaba a autos con antigüedad mayor a 10 años fue derogado por el artículo Único del Decreto No.1377, publicado en el Periódico Oficial No. 4925 de fecha 2011/10/12. Aprovecha los descuentos que tiene para ti la Secretaría de Hacienda en el pago del Impuesto sobre Tenencia y en los Derechos de control vehicular de 2012 y años anteriores. Regularízate antes el 31 de mayo y obtén la condonación de hasta el 100% en el pago de multas y recargos.
La condonación aplica sobre los adeudos por la falta de pago oportuno en el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos federal y estatal, en los Derechos por Servicios de Control Vehicular y en el correspondiente Impuesto Adicional anteriores a 2012.
Para mayor información ingresa a la página de la Secretaría de Hacienda www.ingresos.morelos.gob.mx o acude a las oficinas rentísticas.
- Presenta tu solicitud de condonación en la oficina más cercana a tu domicilio y obtén el descuento de manera inmediata.
- Después del 31 de mayo disminuyen los montos y conceptos a condonar, aprovecha ahora para evitar largas filas al realizar tu trámite de canje de placas con dispositivo de seguridad.
Preguntas Frecuentes sobre la eliminación de la tenencia en México (Nivel Federal)
¿Hasta qué fecha estará vigente la Ley del Impuesto sobre Tenencia o uso de Vehículos?
Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2011. Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
¿Continuará vigente la Ley Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos cuando, antes de 2012, las entidades federativas establezcan impuestos locales sobre tenencia o uso de vehículos?
En este caso se suspenderá el cobro del impuesto federal correspondiente en la entidad federativa de que se trate.
Fundamento Legal: Artículos Tercero y Cuarto del Decreto por el que se Reforman, Adicionan, Derogan y Abrogan Diversas Disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net
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