Skip to main content

 

Como contribuyentes, es importante mantenernos al día con nuestras obligaciones fiscales, especialmente si tenemos registradas obligaciones esporádicas que pueden olvidarse fácilmente. Para asegurarnos de que estamos cumpliendo, es recomendable solicitar de vez en cuando la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones a través de la página del SAT. Este documento nos brinda la tranquilidad de que nuestras obligaciones fiscales están al corriente.

La solicitud de opinión se realiza principalmente para cumplir con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como para obtener de nuevo la autorización para recibir donativos. Esta opinión permite comprobar que se está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales a las que se refiere la regla II.2.1.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. La solicitud deberá realizarse conforme al procedimiento establecido en la regla II.2.1.13. de la misma Resolución.

Pasos para solicitar la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales:

1. Ingresar a la página de Internet del SAT en la opción Mi portal, para lo cual deberás contar con RFC y con clave CIECF.
2. Selecciona las siguientes opciones:

  • Servicios por Internet.
  • Cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Reporte.
    dyp 2013

3. En la advertencia de seguridad selecciona No.
4. En la pantalla que se despliega, copia el texto de la imagen tal como aparece en esta y da clic en Continuar.
5. Para obtener la opinión de clic en Consultar.
6. Imprime o guarda la opinión emitida.
7. El documento con la opinión en sentido favorable tendrá vigencia durante un periodo de 30 días naturales a partir de la fecha en que se emita a través de la página de Internet del SAT. Una vez que se haya emitido, deberás imprimir la opinión favorable correspondiente y adjuntarla a tu solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.

Calculadora ISR 2025 de Regalo: Descárgala y calcula fácilmente el ISR, IMSS e Infonavit de 2025 desde una sencilla Hoja en Excel, es completamente GRATIS!

OPINIÓN FAVORABLE:

Si tu opinión es favorable, obtendrás un acuse que te mostrará la siguiente información:

Estimado contribuyente:

Respuesta de opinión:
En atención a su consulta sobre el Cumplimiento de Obligaciones, se le informa lo siguiente:
En los controles electrónicos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, se observa que en el momento en que se realiza esta revisión, se encuentra al corriente con las obligaciones relacionadas con la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y no se registran créditos fiscales firmes a su cargo, por lo anterior se emite opinión Positiva.

La presente opinión se realiza únicamente verificando que se tengan presentadas las declaraciones, sin que sea una constancia del correcto entero de los impuestos declarados, para lo cual el SAT se reserva sus facultades de verificación previstas en el Código Fiscal de la Federación.

Revisión practicada el día 8 de enero de 2013 , a las 00:00 horas.

NOTAS:
1. La presente opinión se emite considerando lo establecido en las fracciones I y II de la regla II.2.1.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012.
2. Tratándose de estímulos o subsidios, tiene una vigencia de 3 meses contada a partir del día siguiente en que se emite según lo establecido en la regla I.2.1.15. y 30 días naturales a partir de su emisión para trámites diferentes al señalado, de acuerdo a la regla II.2.1.11.
3. Para los contribuyentes que tributan bajo los Regímenes de Pequeños Contribuyentes y de Intermedios, la opinión se emite considerando la situación del contribuyente en el RFC, que está al corriente en la presentación de declaraciones a las que está obligado ante la Federación y que no existen créditos fiscales firmes controlados por el Servicio de Administración Tributaria, según consta en sus registros electrónicos. Por lo que respecta a la presentación de pagos provisionales y definitivos de ISR, IETU e IVA, así como de los créditos controlados por la propia Entidad, deberá solicitar la información a la Entidad Federativa correspondiente.

OPINIÓN NEGATIVA:

Si tu opinión es negativa, te mostrará la siguiente información junto con las obligaciones que están pendientes de presentación:

Estimado contribuyente:

Respuesta de opinión:

En atención a su consulta, se le informa lo siguiente:

En los controles electrónicos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, se detectan inconsistencias, omisiones o la posible existencia de créditos fiscales firmes a su cargo, relacionados con la obligación de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y créditos fiscales, por lo anterior se le informa que a la fecha 13 de enero de 2013, su situación fiscal no se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones.

Las inconsistencias detectadas son las siguientes:

Cumplimiento de Obligaciones.- Se detectan omisiones en la presentación de las declaraciones o pagos de las siguientes obligaciones que tiene registradas: (Se enlistan las declaraciones no presentadas)

Mantenernos al día con nuestras obligaciones fiscales es fundamental para evitar sanciones y asegurar el correcto funcionamiento de nuestras actividades como contribuyentes. La Opinión del Cumplimiento de Obligaciones es una herramienta útil que nos permite verificar nuestra situación fiscal de manera sencilla y confiable. Solicitarla periódicamente nos brinda la tranquilidad de estar al corriente y facilita trámites como la autorización para recibir donativos. En caso de detectar inconsistencias, es importante corregirlas cuanto antes para regularizar nuestra situación. Así, cumplimos con la ley y fortalecemos nuestra responsabilidad fiscal.

   

Dejanos tu comentario

Accede gratis a la aplicación web para la Descarga Masiva de XML del SAT

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga gratis la calculadora 2025 de ISR, IMSS e Infonavit en Excel.

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Descarga la Tablas de ISR para 2025 en Excel de regalo de la RMF (Anexo 8).

No te enviaremos SPAM, a nosotros tampoco nos gusta.

Escanea el código