Se prevé que para 2016 se obligue a los contribuyentes que obtengan más de 644 millones 599 mil pesos anuales de pesos al año a presentar la declaración anual informativa de partes relacionadas. Esto quiere decir que las empresas mexicanas que tengan partes relacionadas y las firmas extranjeras con establecimientos en México tendrán una nueva obligación.
Para 2020 se piensa bajar a 400 millones de pesos los ingresos para estar obligado.
Esta nueva obligación vendrá en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en el Artículo 76-A el cual fue aprobada el pasado 26 de octubre la cual podría ser aprobada junto con el paquete fiscal para el 2016.
El Articulo 76-A señala que los contribuyentes del artículo 32-H fracciones I,II, III, y IV que tengan operaciones con partes relacionadas deberán de presentar el 31 de diciembre del año siguiente las siguientes declaraciones:
- Declaración Informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional
- Declaración Informativa local de partes relacionadas
- Declaración informativa país por país del grupo multinacional.
Esta nueva obligación surge para combatir y evitar la elusión fiscal de empresas que aprovechan lagunas fiscales para evitar o pagar menos impuestos.
Amparo Vs las Nuevas Declaraciones
Las empresas que consideren ser afectadas por estas nuevas exigencias buscarán ampararse en contra de las mismas, de forma similar a como ha ocurrido con la obligación de llevar y entregar la contabilidad electrónica.
Las compañías tendrían dos ocasiones para presentar sus amparos, una en el plazo de 30 días a partir de que entre en vigor la Ley, es decir, durante todo enero próximo, y una más cuando manden por primera vez sus declaraciones.
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