Es época de Dictámenes para efectos del seguro social y al momento de entregar el mismo que tenemos como fecha limite el 30 de septiembre de 2011.
Los formatos y modelos de opinión entraron en vigor desde el 28 de agosto de 2009, por lo que, mientras no se modifiquen, es obligatoria su utilización a partir de esa fecha, pues de otra manera no serán aceptados.
Modelos de opinión:
- Limpia: Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado no determina omisiones.
- Sin Salvedades: Cuando derivado de la revisión el contador público autorizado determina omisiones y son pagadas en una sola exhibición o en parcialidades antes de la presentación del dictamen.
- Con salvedades: Cuando derivado de la revisión el Contador Público autorizado determina conceptos o sujetos de aseguramiento que el patrón no acepta integrar al salario diario de cotización o afiliar al régimen obligatorio.
- Con abstención de Opinión: Cuando el Contador Público autorizado, no cuenta con información, documentación o elementos suficientes para llevar a cabo la revisión que le impida inclusive, emitir una opinión con Salvedades.
- Con Opinión Negativa: Cuando el Contador Público autorizado, como consecuencia de su revisión, encuentra que los registros contables no reflejan la integración real del salario base de cotización, según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos.
MODELOS DE OPINION VIGENTES 2011:
Nuestra labor es compartir a Contadores Públicos, Despachos y Empresas, nuestra experiencia en el ámbito contable, fiscal, financiero y de seguridad social, con el fin de promover la cultura contable en México.
Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada, puedes enviarnos tu consulta al correo electrónico: contacto@contadormx.net