Guia para Presentar el Dictamen del IMSS 2014 – Fecha Limite en Septiembre

El dictamen para efectos del Seguro Social es el documento elaborado por un Contador Público autorizado por el IMSS, que señala la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones de un patrón, derivadas de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, misma que deben presentar todo patrón con más de 300 trabajadores y que de manera voluntaria pueden aquellos patrones con menor número de trabajadores

El dictamen se debe presentar a más tardar el 30 de septiembre del ejercicio siguiente al dictaminado, o bien, dentro de los 9 meses siguientes a la fecha en que presentó el aviso de dictamen para efectos del Seguro Social, siempre que el patrón haya solicitado la Corrección Patronal (CORP-02) o mediante algún requerimiento del Instituto.

Que debe de contener el Dictamen del IMSS?

Carta de presentación del dictamen del Seguro Social DICP-03» o Carta de presentación del Dictamen del Seguro Social para Patrones de la Industria de la Construcción DICP-04»

Opinión del Contador Público autorizado, elaborada con base en los siguientes modelos de opinión:

Anexos del dictamen, del I al V

Cédulas para la formulación del dictamen por el Contador Público autorizado de los patrones de la industria de la construcción

Balanza de comprobación analítica al menos al primer nivel (en español), por todas las subcuentas de costos y gastos, así como las cuentas de balance que tengan relación con sueldos y salarios

Comprobantes de los avisos afiliatorios y movimientos salariales presentados ante el Instituto, en los casos en que se haya determinado omisiones de trabajadores o en la integración del salario base de cotización

Comprobantes de pago de las diferencias determinadas, o bien, copia del convenio de pagos a plazos debidamente autorizado por el Departamento de Cobranza y la primer parcialidad efectuada.

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Lugar y horario de atención:

Se puede efectuar de manera presencial o en línea.

Por internet

De manera presencial

  • En la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio de tu registro patronal, en días hábiles de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas.

Requisitos

  • Para este trámite debes presentar los formatos vigentes autorizados por el IMSS publicados en el Diario Oficial de la Federación DICP-03» o DICP-04»
    • Los modelos de opinión y anexos del dictamen, publicados en el Diario Oficial de la Federación el  8 de mayo de 2013.
    • Las cédulas para la formulación del dictamen por contador público autorizado de los patrones de la industria de la construcción, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de noviembre de 2013.
  • Los documentos solicitados no deberán contener errores, borraduras, tachaduras o enmendaduras, ya que podría ser causa de anulación del trámite.

Y toma en cuenta

  • La presentación del dictamen en tiempo y forma deberá presentarse a más tardar el 30 de septiembre siguiente al del ejercicio fiscal inmediato anterior de conformidad con el artículo 161 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
  • Si el dictamen se presenta de forma extemporánea y el Instituto considera que existen razones para recibirlos, se comunicará al patrón, con copia al Contador Público autorizado, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha de presentación.
  • El Dictamen debe presentarse en la Subdelegación que corresponda de acuerdo con el domicilio fiscal del patrón con los Anexos completos y vigentes.

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