Cada vez más contribuyentes han optado por emitir facturas impresas con Código de Barras Bidimensional (CBB). Sin embargo, muchos aún desconocen los detalles de este formato. Si ya emites o planeas emitir comprobantes bajo esta modalidad, te conviene revisar la siguiente información para evitar errores.
1. ¿Quiénes pueden imprimir facturas en papel con CBB?
- Contribuyentes que realicen operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00, sin importar su nivel de ingresos.
- Contribuyentes que en el último ejercicio fiscal hayan declarado ingresos acumulables iguales o inferiores a $4,000,000.00, sin importar el monto amparado por los comprobantes, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
- Contribuyentes que inicien actividades en el ejercicio y estimen ingresos iguales o inferiores a $4,000,000.00, sin importar el monto de los comprobantes, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.
Fundamento legal: Art. 29, quinto párrafo del CFF (vigente en 2011) y Regla I.2.9.3.3 de la RMF para 2011.
2. ¿Qué se necesita para expedir comprobantes impresos con CBB en 2011?
- Contar con certificado de Firma Electrónica (FIEL) vigente.
- Solicitar al SAT la asignación de folios.
- Imprimir original y copia del comprobante con el CBB generado por el SAT. La impresión puede hacerse por medios propios (computadora e impresora) o a través de un impresor autorizado.
Fundamento legal: Art. 29 (párrafos 5° y 6°) y 29-A fracción VIII del CFF 2011; Regla I.2.9.3.3 y Anexo 1-A de la RMF 2011.
3. ¿Qué es el dispositivo de seguridad adherido al comprobante fiscal impreso?
Es un Código de Barras Bidimensional (CBB) proporcionado por el SAT al aprobar la asignación de folios. Este debe imprimirse en un tamaño mínimo de 2.75 cm por 2.75 cm, con una resolución mínima de 200 x 200 dpi.
Fundamento legal: Art. 29, quinto párrafo, y 29-A fracción VIII del CFF 2011; Regla I.2.9.3.3 de la RMF 2011.
4. ¿Qué facturas solo pueden usarse hasta marzo de 2011?
Aquellas emitidas por contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan tenido ingresos superiores a $4,000,000.00.
Fundamento: Artículo Quinto Resolutivo de la RMF 2010 y Regla I.2.23.2.2. de la 1ª Resolución de Modificaciones a la RMF 2010.
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5. ¿Se debe solicitar un CBB por cada comprobante?
No. Al solicitar un rango de folios conforme a la Regla I.2.9.3.3 de la RMF 2011, el SAT genera un solo CBB para todo el rango, que debe incluirse en cada comprobante impreso.
6. ¿La autorización de folios es por rango o por folio individual?
La autorización puede ser por rango de folios o por folio individual, según las necesidades del contribuyente.
7. Si tengo facturas impresas vigentes hasta 2012 y mis ingresos superan $4 millones, ¿puedo seguir usándolas?
Sí, puedes seguir utilizándolas hasta que concluyan su vigencia.
8. ¿Por qué razones el SAT puede no autorizar folios para comprobantes en papel menores a $2,000?
- Cuando el contribuyente no esté activo en el RFC.
- Si el domicilio registrado no está localizado.
- Si el régimen fiscal registrado no es el adecuado para emitir comprobantes.
9. ¿El código de barras es único para todas las facturas o cambia por cada una?
- En comprobantes impresos en papel: un solo CBB por rango de folios.
- En facturas electrónicas: un código único por cada comprobante, aplicable solo en la representación impresa.
10. ¿Se deben solicitar nuevos folios en 2011 para facturas con CBB?
Si aún tienes comprobantes impresos por un impresor autorizado y están vigentes, puedes seguir usándolos. Al solicitar nuevos folios con CBB, el sistema conservará la numeración consecutiva previa.
11. ¿Todos los comprobantes impresos deben tener CBB?
No. Solo los comprobantes impresos y emitidos a partir de enero de 2011 deben contener el CBB proporcionado por el SAT.
Fundamento: Regla I.2.9.3.3 de la RMF 2011.
12. Si mis ingresos son de $4,000,000.00 y hago una venta de $2,001.00, ¿debo emitir una factura electrónica?
No necesariamente. Puedes optar por emitir comprobantes impresos conforme a la Regla I.2.9.3.3 de la RMF 2011.
13. ¿Existe un límite de facturación si mis ingresos superan los $4,000,000.00?
- Para facturas electrónicas: no hay límite de monto.
- Para facturas en papel: si tus ingresos exceden $4,000,000.00, solo pudiste emitirlas de enero a marzo de 2011, sin importar el monto del comprobante.
Fundamento: Artículo Quinto Resolutivo de la 1ª RMF 2010 (publicada el 14 de septiembre de 2010).
14. ¿El límite de $4,000,000.00 aplica tanto a personas físicas como morales?
Sí, la facilidad y el límite aplican a ambos tipos de contribuyentes.

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