1. Factura Impresa por Impresor Autorizado (impresas hasta 2010 respetando vigencia de 2 años)
En términos generales los requisitos para los comprobantes impresos por impresor autorizado, que establecía el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación son:
I. El nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida. Si se tiene más de un local o establecimiento, se debe señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.
II. Contener impreso el número de folio.
III. Lugar y fecha de expedición.
IV. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se
expida.
V. Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
VI. Valor unitario consignado en número e importe total señalado en número o en letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse desglosado por tasa de impuesto, en su caso.
VII. Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
VIII. Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado.
IX. Cuando se trate de enajenación de ganado, la reproducción del hierro de marcar de dicho ganado siempre que se trate de aquel que deba ser marcado.
X. La vigencia es a partir de la fecha de aprobación del SAT o fecha de impresión.
XI. Señalar en forma expresa si el pago se hace en una exhibición.
Requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal.
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Esperamos les sea de utilidad la información aquí publicada.