Como parte del plan nacional de desarrollo 2013-2018, como objetivo del Gobierno Federal, incentivar la micro, pequeña y mediana empresa, para que establezcan como formas de pago los medios electrónicos, entra en vigor el día 11 de noviembre el denominado decreto buen fin.
En el cual se entregaran premios a los tarjetahabientes personas físicas, cuando éstos hayan utilizado como medios de pago las tarjetas de crédito o débito en la adquisición de bienes o servicios dentro del periodo llamado «El Buen Fin», será por cuenta del Gobierno Federal y se llevará a cabo a través de las entidades financieras mediante sorteo, conforme a las bases que establezca el Servicio de Administración Tributaria, a efecto de premiar a los tarjetahabientes que realicen compras en ese periodo. Para tal efecto, la cantidad a acreditar por premio individual no podrá exceder de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.), ni será menor a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.).
Que con el fin de que los tarjetahabientes reciban el valor del premio sin retención alguna de impuestos y que ello no implique perjuicio a la recaudación de las entidades federativas y de los municipios por los impuestos de carácter local que, en su caso, tengan establecidos para gravar la obtención de premios, es necesario establecer que la Federación será quien pague por cuenta del ganador del premio el monto correspondiente a los impuestos locales.
El estímulo fiscal a que se refiere el presente Decreto, así como el importe de los premios que se entreguen a los tarjetahabientes personas físicas, derivados del sorteo, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del impuesto sobre la renta.
Fuente: DOF 10-11-2014