Entrega de Constancias de retenciones 37 o 37 A – Trabajadores, Honorarios o Arrendadores

ID 10041177 thumb Presentar Declaracion Complementaria por modificacion de Obligaciones   Declaraciones y Pagos El SAT recuerda como cada año los contribuyentes deben de entregar a los que les retiene impuestos a las personas que tuvieron actividad con ellos, ya sea que recibieron alguna percepción como trabajador ya sea como sueldos y salarios o asimilados a salarios reteniéndoles el ISR , o si retuvieron a profesionistas el ISR e IVA por honorarios o arrendamiento entre otros.

Para esto el SAT emite el siguiente comunicado que dice que se deben entregar las constancias de remuneraciones cubierta y de retenciones efectuadas:

Cuando se deben de entregar las constancias de retención?

A más tardar en febrero del año siguiente se deben entregar a los trabajadores constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas.

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Que anexos deben de presentar los contribuyentes para entregar las constancias de retenciones?

Dichas constancias las genera el programa DIM en los siguientes anexos:

  • Anexo 1. Información anual de sueldos y salarios y conceptos asimilados, crédito  al salario y subsidio al empleo. En su caso se podrá utilizar la forma oficial 37. Debe contener sello y firma del empleador que lo imprime.
  • Anexo 2. Información sobre pago de retenciones de ISR, IVA y IEPS (pagos por honorarios, arrendamiento de inmuebles, entre otros) en su caso se podrá utilizar la forma oficial 37-A.
  • Anexo 4. Información sobre residentes en el extranjero.

Los retenedores deben asentar en la forma oficial 37 o en el anexo 1 que emita el programa DIM una leyenda en la que se señale:

  • La fecha en que se presentó la DIM ante el SAT.
  • El número de folio o de operación que fue asignado a dicha declaración.
  • Manifestación sobre si realizó o no el cálculo anual del ISR al trabajador al que le entrega la constancia

Recuerde que la entrega oportuna de dichas constancias es indispensable para que las personas a las que les hizo pagos puedan presentar en tiempo su Declaración Anual y obtener, en su caso, la devolución de los saldos a favor de ISR que lleguen a determinar en la citada declaración.

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